martes. 23.04.2024

Rogelio Velasco, junto con los representantes de las Cámaras de Comerc



El Parlamento de Andalucía ha aprobado por unanimidad la ley de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de Andalucía en la sesión del Pleno de este miércoles, a través de tramitación directa y en lectura única.

Este Proyecto de ley fue aprobado por el Consejo de Gobierno a finales de junio con el objetivo de sustituir al vigente desde 2001 para adaptar la legislación andaluza a la regulación básica estatal de estas corporaciones de derecho público y reforzará su papel como prestadoras de servicios públicos a las empresas.

El consejero de Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad, Rogelio Velasco, ha subrayado, ante el Pleno de la Cámara autonómica, la importancia de las cámaras y de esta normativa que garantiza la adecuada representación de todos los sectores económicos en sus órganos de gobierno. Asimismo, ha defendido su impulso a la coordinación intercameral y su representación a través del Consejo Andaluz de Cámaras.

Todos los grupos han expresado su apoyo al texto legal, destacando la promoción y defensa del comercio que realizan las Cámaras de Comercio, especialmente, su apoyo a las pymes, y por la mejora en la transparencia y en la seguridad jurídica que conlleva.

Esta ley fomenta la labor de las cámaras como prestadoras de servicios, en particular a las pequeñas y medianas empresas, el texto normativo aprobado por el Ejecutivo andaluz impulsará el carácter dinamizador de las cámaras en la expansión nacional e internacional de las empresas, así como en la mejora de su competitividad.

La ley incluye también diversas fórmulas de financiación pública de las funciones público-administrativas de las cámaras andaluzas, incluyendo una memoria económica de 3.490.000 euros, lo que supone una apuesta decidida del Gobierno autonómico por el mantenimiento de una red amplia e importante para el empresariado de Andalucía.

Esta ley, cuyo inicio de trámites inicio el Consejo de Gobierno de 18 de julio de 2017, se ha trabajado de forma conjunta con el Consejo Andaluz de Cámaras, las 14 cámaras andaluzas y la Confederación de Empresarios de Andalucía (CEA). Ello ha permitido consensuar un texto legal que viene a regular un modelo cameral sostenible que dé respuesta tanto a sus necesidades como a las del sector empresarial al que prestan servicios y cuya redacción se ha venido mejorando paulatinamente.

La norma consta de un total de 71 artículos distribuidos en ocho capítulos, tres disposiciones adicionales, una derogatoria y siete disposiciones finales y está basada en tres pilares fundamentales: democratización y pluralidad, transparencia y modernización e innovación.

DEMOCRATIZACIÓN Y PLURALIDAD

La ley establece que el 75 por ciento del total de las vocalías a elegir lo sea mediante sufragio libre, igual, directo y secreto, entre todas las personas físicas y jurídicas que ejerzan una actividad comercial, industrial, de servicios y de navegación en la demarcación de que se trate.

El 20 por ciento del total de vocalías resultará de empresas y personas de reconocido prestigio en la vida económica dentro de la circunscripción de cada cámara, propuestas por las organizaciones empresariales, intersectoriales y territoriales más representativas, mientras que el cinco por ciento restante representarán a las empresas de mayor aportación voluntaria en cada demarcación.

Esta incide en la transparencia de estas instituciones, a fin de que en todo momento se tenga información acerca de su actividad, las funciones que realizan y su adecuación a la normativa correspondiente.

Así se establece que la contratación y el régimen patrimonial de las cámaras han de garantizar las condiciones de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación y que las cuentas del organismo sean depositadas en el Registro Mercantil y sean objeto de publicidad. También harán públicas las subvenciones y recursos públicos percibidos, así como las retribuciones e indemnizaciones percibidas anualmente por su personal.

Por otro lado, la norma refleja la obligatoriedad de las cámaras de Andalucía y el Consejo Andaluz de Cámaras de elaborar un código de buenas prácticas que garantice la imparcialidad y la transparencia en el desarrollo de sus funciones público-administrativas.

MODERNIZACIÓN

El texto legal dispone que las corporaciones harán uso de medios electrónicos en sus actividades contemplando la previsión de la emisión del voto a través de medios electrónicos en sus procesos electorales, con el fin de fomentar la mayor participación posible, utilizando, a tal efecto, la firma electrónica avanzada basada en un certificado reconocido.

Asimismo, contempla que las empresas de los distintos sectores económicos se relacionen con las cámaras a través de medios electrónicos en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Además, se implantará una ventanilla única empresarial destinada a la simplificación administrativa en los procedimientos para el inicio y desarrollo de actividades económicas y empresariales, así como se establecerán acuerdos de colaboración para acercar la investigación a las empresas y favorecer la transferencia de conocimientos que apoyen la innovación y la formación especializada.

Finalmente, otros aspectos a destacar serían el amplio elenco de funciones público-administrativas que se atribuyen a las cámaras, algunas novedosas como las relativas a la mediación y arbitraje mercantil, o el ámbito territorial de las cámaras, donde se mantiene la obligación de existencia de al menos una por provincia.

También desarrolla los procesos de liquidación y extinción de una cámara --en la normativa estatal--, con objeto de dar mayor seguridad y garantías a todo el procedimiento para ambos casos, contemplando además la disolución por inviabilidad económica. A ello se le añade la definición de la función de tutela de la Administración, la cual comprende el ejercicio de las potestades administrativas de aprobación, fiscalización, resolución de recursos, suspensión y disolución previstos en la ley.

Actualmente, Andalucía cuenta con 14 cámaras de Comercio, una por cada capital de provincia, Ayamonte (Huelva), Andújar y Linares (Jaén), Motril (Granada) y Jerez de la Frontera y Campo de Gibraltar (Cádiz). La representación y coordinación de estas corporaciones recae sobre el Consejo Andaluz de Cámaras Oficiales de Comercio, Industria y Navegación de Andalucía, con sede en Sevilla. Además, hay que sumar 95 puntos de atención al usuario, como delegaciones, antenas, plataformas de desarrollo territorial y viveros de empresas.
--EUROPA PRESS--

Parlamento aprueba la Ley de Cámaras de Comercio, que reforzarán su papel en la...
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