sábado. 20.04.2024

Audiencia Provincial de Sevilla



La representante legal de los cuatro ciudadanos georgianos acusados de pertenecer a una organización criminal y de cometer hasta diez robos en viviendas ubicadas en la zona de Los Remedios y Triana de la ciudad Sevilla durante el pasado año, ha solicitado al tribunal que no se les condene a ninguna pena privativa de libertad y que se les expulse directamente a su país.

En la vista oral, celebrada en la Sección Cuarta de la Audiencia Provincial de Sevilla, la abogada de los cuatro acusados, la letrada Ofelia Liñán, ha realizado esta petición en la exposición de sus conclusiones definitivas al entender que en tres de sus cuatro representados procede la libre absolución o bien la expulsión ya que no existen "suficientes indicios" para condenarles de los delitos de los que se le atribuyen.

Así, con respecto a la petición de la Fiscalía a sus representado de que procede imponerles una pena de diez años de prisión por un delito de pertenencia a organización criminal y un delito continuado de robo con fuerza en casa habitada, la letrada ha indicado que el delito de pertenencia a organización criminal, por el que la fiscal pide concretamente tres años de cárcel, no se puede aplicar porque "no se cumplen los requisitos" de ese tipo penal.

En ese sentido, ha subrayado que ese delito según recoge el Código Penal tiene como requisitos que los encausados formen una organización con carácter estable o por tiempo indefinido, que de manera concertada y coordinada se repartan diversas tareas o funciones con el fin de cometer delitos.

De ese modo, la letrada de la defensa ha hecho referencia a lo manifestado por los agentes de la Policía Nacional que intervinieron, quienes en la Sala testificaron que la operación policial duró del 2 al 4 de agosto de 2018 y donde se constató que los encausados no tenía las funciones asignadas y no se pudo determinar el tiempo que llevaban en la capital hispalense.

Continuando esa línea, la representante de los acusados ha indicado que en una operación policial desarrollada "en tan poco tiempo" no se puede probar un carácter estable ni un reparto de funciones "por lo que no cabe acusarlos de un delito de pertenencia a organización criminal" sino de un delito de pertenencia a grupo criminal del artículo 570 'ter' del Código Penal, que tiene una pena menor, "y por el que no se les acusa".

Con respecto al delito continuado de robo con fuerza en casa habitada, por el que la Fiscalía pide una pena de seis años, la letrada señala que no existen "suficientes indicios" para atribuirles tal delito. De ese modo, ha señalado que, en referencia a los informes periciales que fueron ratificados ante la Sala, en el caso de acusado Tornike K. han encontrado una muestra de su ADN en un marcador de plástico --utilizado para saber si hay moradores-- tan sólo una de las diez casas que el Ministerio Público señala que han robado, algo que es "insuficiente" y "no determina" si fue autor o cómplice de ese delito.

Además, ha señalado que, en el caso de Tornike como los otros tres acusados, como en cuanto al hallazgo en la vivienda en la que moraban todos ellos, ubicado en la zona de Triana, de joyas y efectos procedentes de cuatro viviendas robadas, esto "no constituye" un delito de robo con fuerza "sino un delito de receptación". En ese aspecto, ha apuntado que la policía reconoció en fase testifical que no precintó el piso cuando se detuvo a los acusados y que al producirse el registro de esa vivienda "más de doce horas después" podría haber entrado otra persona para dejar esos efectos.

Por otra parte, la letrada ha señalado que en el caso del procesado Mikheil G. ocurre "la misma situación" que con Tornike, pues sólo se ha encontrado una muestra de su ADN de un puro en una de las viviendas en las que se cometieron los robos. En cuanto al acusado Demetre J., la letrada señala que fue detenido portando en su riñonera un cargador de móvil y un reloj de uno de los domicilios en los que se cometieron los robos, por lo que "sólo estaría implicado en un robo y no hay indicios para determinar si es autor o cómplice".

Por último, la letrada se ha referido al restante acusado, Giorgi S., cuyo ADN fue hallado en tres marcadores de plástico en tres viviendas, unido a que fue captado en las inmediaciones de otra vivienda allanada por una cámara y a que en el momento de su detención portaba una mochila con varios efectos supuestamente sustraídos de una vivienda. Así, a tenor de ello, ha indicado que su implicación en cinco robos "sólo hay indicios probatorios en uno de ellos".

Por todo ello, ha indicado que procede imponer la absolución a todos acusados salvo a Giorgi del que ha señalado que "lo justo" sería reclamarle una pena de cuatro años de prisión por un delito de robo con fuerza, si bien ha apuntado que "lo idóneo" es que se decreta la expulsión de los cuatro del país.

FISCALÍA SOSTIENE SU PETICIÓN

Por su parte, la Fiscalía, en la lectura de sus conclusiones tras la celebración del juicio, que ha quedado visto para sentencia, ha sostenido su petición de diez años de prisión y en base a la declaración de los policías actuantes que señalan que los acusados realizaban un 'modus operandi' "muy profesional" a la hora de allanar las viviendas "utilizando métodos de cerrajería conocidas como 'bumping', ganzuado, 'resbalón' o 'impressioning'", así como la existencia de capturas fotográficas de recibos de envío de dinero a Georgia o que el piso fuera alquilado desde ese país.

Asimismo, ha indicado que el testimonio de los policías que apuntaron que en el piso de los acusados "no existía trasiego de personas, más allá de los cuatro acusados" desmonta la tesis alegada por los encausados en sede judicial que indicaron que el hallazgo de joyas y dinero en efectivo en la vivienda en la que convivían, los encausados han asegurado que es debido a que organizaban "varias fiestas" y que estos enseres "se los habían dejado" la gente que acudía a éstas.
--EUROPA PRESS--

Defensa de cuatro georgianos acusados de robos en viviendas pide que los expulsen del país
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