Impuestos al préstamo libros de las bibliotecas públicas
Fancisco Mancera
El 18 de Julio de 2014 se ha aprobado el Real Decreto 624/2014 que regula el impuesto al préstamo de obras protegidas por derechos de autor: libros, películas, música, ebooks, etcétera por parte de las bibliotecas, museos, archivos, hemerotecas, fonotecas, filmotecas de titularidad pública o que pertenezcan a entidades de interés general de carácter cultural, científico o educativo sin ánimo de lucro, o instituciones docentes integradas en el sistema educativo español.
Nos encontramos ante una aplicación de la directiva europea 2006/115/CE que no deja de ser una codificación (algo así como una recopilación y actualización) de otras tres directivas anteriores, siendo la más antigua de 1992, sobre derechos de alquiler y préstamo y otros derechos afines a los derechos de autor en el ámbito de la propiedad intelectual. Esta directiva obliga a los estados miembros a que los autores obtengan al menos una remuneración por esos préstamos públicos (según el artículo 6.1.). Dentro de las múltiples opciones que tan laxa especificación permite, el gobierno de Mariano Rajoy ha optado por fijar un nuevo impuesto (en realidad son tres) a las bibliotecas públicas.
¿Quién está obligado a pagar este impuesto?
Las entidades titulares de las bibliotecas: ayuntamientos, comunidades autónomas… pero nada impide, que se pueda legislar, regular o permitir el pago obligatorio de los usuarios que soliciten el servicio de préstamo.
El Instituto Nacional de Estadística (INE) publica desde 1986 y de forma bianual las Estadísticas de Bibliotecas, las últimas se publicaron en Diciembre de 2013 con la información de 2010-2012. En España había 6.835 bibliotecas. El 88% eran públicas: el 62% de administraciones locales y el restante 26% está muy repartido.
El impuesto tiene dos partes:
1.- Cada obra que se preste paga 0,004€. Según el INE se han prestado 83,13 millones de obras, lo que supone un pago de 292.618€ para las bibliotecas públicas.
2- Cada usuario del servicio de préstamo paga 0,05€. Según el INE en 2012 hay 20,38 millones de usuarios registrados. Lo que supone para las bibliotecas públicas un pago de 896.720€.
¿Cuándo entra en vigor?
El Real Decreto entró en vigor el 1 de Agosto de 2014. La parte del impuesto generada por cada usuario ya está en vigor. Sin embargo la parte generada por obra prestada (la de menor impacto económico, un 25% del total) entrará en vigor el 1 de Enero de 2016. Pero, transitoriamente, es sustituido por otro impuesto, que cesará el 1 de Enero de 2016.
3.- Cada nueva obra adquirida por la biblioteca pagará 0,16€. Según el INE, del 2010 al 2012 se incrementó el número de obras en 20,19 millones. Lo que supone un pago de 1.243.706€ para las bibliotecas públicas.
¿Quién lo recauda/ingresa?
La Agencia Tributaria (o sea Hacienda) no lo hará, lo están haciendo las entidades de gestión de derechos de autor. La directiva europea en sus artículos 3.3 y 3.4 sólo indica que podrían hacerlo este tipo de de entidades de gestión colectiva. Estas organizaciones “privadas” están muy desprestigiadas en España (lo difícil es encontrar algo que no lo esté) fruto de la pésima gestión de una de ellas: la SGAE y donde su anterior presidente Teddy Bautista, se apropió indebidamente de 26,4 millones de euros, según sentencia judicial.
¿Hay excepciones? Si, tres
1.- No pagarán aquellas bibliotecas de ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes.
2.- Las bibliotecas de las instituciones docentes del sistema educativo español: colegios, institutos y universidades.
3.- Cuando el usuario sea un discapacitado.
El INE no desagrega información entre bibliotecas en ayuntamientos de menos de 5.000 habitantes, ni cuantas pertenecen al sistema educativo español. Aunque si indica que las bibliotecas universitarias suponen el 2% del total. Tampoco se conoce el grado de discapacidad de los usuarios. Por lo tanto los importes calculados deben tomarse como cuotas máximas. Nótese que los cálculos realizados sólo han tenido en consideración las bibliotecas públicas. No se han considerado las escasas fonotecas, filmotecas, hemerotecas, etcétera de titularidad pública que realizan préstamos de obras.
Las bibliotecas son un fenómeno en retroceso, al menos en su configuración actual: un depósito de libros con salas de lectura. Donde una gran cantidad de sus usuarios las usan como sala de estudios. Estos nuevos gravámenes vienen a apuntillar la ya precaria salud económica de las bibliotecas públicas, con sus presupuestos menguantes. No será extraño que empecemos a conocer los cierres de algunas de ellas, aduciendo su insostenibilidad económica.
Aun sabiendo que la medida viene impuesta por nuestra pertenencia a la Unión Europea pudo haberse traspuesto de otras muchas formas. Además es cierto que la magnitud económica de la que hablamos es escasa, pero no puedo dejar de sentir un profundo rechazo, que nace de férreas convicciones, trasnochadas quizás, pero convicciones al fin y al cabo.