miércoles. 24.04.2024

Muñoz y Roca en un juicio en Málaga



La Audiencia de Málaga ha condenado al exasesor de urbanismo de la localidad malagueña de Marbella Juan Antonio Roca y al exalcalde marbellí Julián Muñoz por el convenio de permuta de unas parcelas formado con unos privados. Así, al primero se le imponen once meses de prisión y cinco años de inhabilitación y al segundo, sólo esa pena de inhabilitación.

En la sentencia de la Sección Segunda de Málaga, a la que ha tenido acceso Europa Press, se condena a Roca por los delitos malversación, fraude y prevaricación administrativa; y a Muñoz por este último delito, absolviéndole la Sala de los otros dos mencionados por los que había sido acusado.

Se condena también al exsecretario municipal Leopoldo Barrantes por prevaricación y falsedad a la pena de dos años de cárcel, multa e inhabilitación; aunque se le absuelve por fraude y de malversación. Además, se impone a siete exediles cinco años de inhabilitación por prevaricación administrativa. A todos se les aplica la atenuante de dilaciones indebidas por el tiempo transcurrido.

La sentencia declara probado que en diciembre de 1999, se firmó un convenio de permuta entre Muñoz, como alcalde accidental, y una empresa vinculada a unos terrenos y una nave industrial distribuida en una sola planta de 491 metros cuadrados en el núcleo de San Pedro Alcántara. Se transmitía dicha nave al Ayuntamiento de Marbella, libre de cargas y gravámenes, por un valor de 186.313,75 euros.

Igualmente, se acordaba que el Ayuntamiento de Marbella, como propietario de una parcela de 1.200 metros cuadrados ubicada en el polígono de San Pedro, transmitía dicha parcela, libre de cargas y gravámenes a la empresa anterior por un valor global de 261.364,35 euros.

En el convenio se establecía que la diferencia de valoración entre los bienes mutuamente transmitidos a favor del Ayuntamiento sería abonada por la mercantil mediante la transmisión de dos vehículos y se señalaba que la validez del convenio quedaba supeditado a la ratificación del mismo por el órgano municipal competente.

"Los valores y precios de los bienes intercambiados en el citado convenio se negociaron por parte del acusado Juan Antonio Roca como gerente de la sociedad municipal Planeamiento 2000 y el representante de la empresa", dice la sentencia, apuntando que dicho acuerdo "fue ideado" también por este procesado "a instancias del exalcalde Jesús Gil".

Esto se hizo, según la resolución, por la "amistad fraguada en el contexto del mundo de las cofradías de Semana Santa" entre Gil y un particular anteriormente vinculado a la parcela, para que "recuperara la posesión del inmueble del que se había visto desposeído tras la adjudicación del mismo por una entidad bancaria" en subasta.

"Se atendía a los intereses particulares a costa del interés público", insiste el Tribunal, apuntando que "se adjudicaba directamente a dicha empresa una parcela ajustada a sus necesidades para la construcción de un concesionario de vehículos, obviando el procedimiento de subasta impuesto con carácter general".

El acuerdo "supuso un perjuicio para la entidad local", pues la parcela municipal era "un bien integrante del Patrimonio Municipal del Suelo y destinado, por imposición legal, a viviendas de protección oficial o cualquier otro destino de interés social, que quedó frustrado". Respecto a la nave adquirida por el Ayuntamiento, "en ningún momento tenía intención de tomar posesión"; de hecho, el propietario siguió con el uso de la misma hasta 2007.

Para la Sala se produjo infravaloración de una parcela y sobrevaloración de la otra. Además, Muñoz instó en un decreto a que la Comisión de Gobierno aprobara la permuta porque el Ayuntamiento "tenía necesidad de proceder a la adquisición de una nave industrial, con destino al almacén de maquinaria y demás elementos del Servicio de Obras municipales al carecer de un almacén adecuado y suficiente".

"No constaba en el expediente diligencia o informe jurídico o económico que acreditara", señala el Tribunal en su sentencia, añadiendo que "no se justificaba que, en atención al interés general, dicha supuesta necesidad se solventase sólo a través de la permuta que obligaba al Ayuntamiento a deshacerse de un bien patrimonial integrante del Patrimonio Municipal del Suelo".

Asimismo, se declara probado que el entonces secretario municipal Leopoldo Barrantes "faltó conscientemente a la verdad" y "entendió acreditada la necesidad de efectuar la permuta". Asimismo, "a pesar de las irregularidades de las que adolecía el expediente, la Comisión de Gobierno de marzo 2002", integrada por Muñoz y siete entonces concejales, con la asistencia del secretario, aprobó la enajenación mediante permuta.
--EUROPA PRESS--

Condenan a Roca a once meses de cárcel y a Muñoz a inhabilitación permuta de una...
Entrando en la página solicitada Saltar publicidad