viernes. 29.03.2024

HUELVA, 23 (EUROPA PRESS)

La asesoría jurídica del Sindicato de Enfermería, Satse, en Huelva, ha ganado una sentencia que reconoce el derecho de una Enfermera Especialista en Enfermería Obstétrico-Ginecológica (Matrona) a ser indemnizada con 5.000 euros por responsabilidad patrimonial del Servicio Andaluz de Salud (SAS) en los errores que provocaron que se omitiera su llamamiento para ofertarle contratos desde la bolsa de empleo.

En un comunicado, Satse explica que la reclamación se fundamenta en el retraso de la Junta de Andalucía en la publicación de los listados actualizados de la bolsa de empleo del SAS de la categoría de enfermera especialista en enfermería obstétrico-ginecológica de modo que, pese a haber podido ser contratada desde junio de 2019, no lo fue hasta enero de 2020, siéndole en este periodo ofertado un contrato a otra profesional con menor puntuación.

El caso ha sido juzgado por el Juzgado de Contencioso Administrativo número 2 de Huelva. Tal y como detalla el sindicato, junto al retraso en la actualización se une en este caso "el bloqueo de la recurrente en los listados", relacionado con el cambio de denominación de la bolsa de matrona a la de enfermera especialista en enfermería obstétrico-ginecológica por parte de la administración, hechos que provocaron un salto en el orden de prelación y que se le ofertara un contrato a una candidata con menor puntuación, provocando a la profesional denunciante una pérdida de retribuciones y de la puntuación por experiencia profesional desde el 8 de octubre de 2019, fecha en la que se dio el contrato que le correspondía a otra profesional, hasta enero de 2020, cuando finalmente fue contratada.

Satse ahonda en que en sus argumentos el SAS intenta oponer que la contratación eventual depende de múltiples factores y que no puede asegurarse que la plaza hubiera debido ser ocupada por quien obtuvo mayor puntuación en bolsa, apelando a criterios como promoción interna o preferencia de persona con discapacidad. Sin embargo, lo cierto es que, según detalla la sentencia, "en ningún caso la persona que ocupó la plaza ofertada con menor puntuación se encontraba en alguno de esos alegados supuestos de preferencia sobre la recurrente, si estando acreditado en el expediente que contaba con mejor puntuación, hecho que le otorgaba preferencia en el llamamiento".

Así, la sentencia considera probado que el error es atribuible al SAS y que, de no haber existido, la recurrente hubiese sido seleccionada para ocupar la plaza desde octubre y por ello debe ser compensada, haciendo a la administración sanitaria responsable patrimonial por el deficiente funcionamiento y fijando una indemnización en base a las retribuciones que hubiera obtenido de haber conseguido el contrato que le correspondía por puntuación.

De hecho, Satse recuerda que ya el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 7 de Sevilla dio la razón al sindicato condenando al SAS en mayo de 2019 por el retraso en la publicación del listado definitivo actualizado de la bolsa de empleo en la categoría de enfermera especialista obstétrico-ginecológica (matronas), advirtiendo entonces el sindicato de la posibilidad de reclamaciones individuales de los afectados por daños patrimoniales por los contratos que hubieran perdido debido al retraso en la actualización de los listados de méritos.

Por este motivo, el Sindicato de Enfermería ha valorado esta nueva sentencia que "pone de manifiesto lo que hace mucho tiempo se está denunciando y solicitando", publicar los listados de bolsa única del SAS en el plazo pactado y publicado, profesionalizar las comisiones de valoración de la bolsa y aumentar el número de profesionales presentes en ellas, entre otras reivindicaciones, con el fin de evitar que un deficiente funcionamiento del sistema de contratación acabe causando perjuicios a trabajadores y usuarios de la sanidad pública andaluza.

Satse gana una sentencia que condena al SAS a indemnizar a una matrona por errores en...