jueves. 28.03.2024

ALMERÍA.- El Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía ha impuesto dos multas al Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Almería (CAFALMERIA) por recomendar a sus colegiados la aplicación de los baremos de honorarios profesionales y por fijar el precio y las características de los certificados de situación de deudas de los propietarios frente a la comunidad.

El Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía ha dictado una resolución sancionadora en el expediente iniciado de oficio por el Departamento de Investigación de la Agencia de Defensa de la Competencia de Andalucía, en el que se considera probado que CAFALMERIA ha incurrido en una infracción del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia, al haber aplicado durante siete años un baremo de honorarios que actuaba como precio mínimo, recomendando expresamente su aplicación a los colegiados mediante diversas circulares, con el evidente perjuicio para los consumidores.

Esa conducta anticompetitiva se ha visto agravada por la interpretación que el Colegio ha efectuado, al entender como desleal el cobro de cantidades sensiblemente inferiores a las contenidas en el baremo y apercibiendo de la aplicación de mecanismos sancionadores para tal caso.

Asimismo, se declara acreditada la comisión de otra infracción de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia, consistente en la aprobación de un modelo de certificado de situación de deudas de los propietarios frente a la comunidad, con el objeto de homogeneizar su contenido y su precio, procediendo a recomendar el uso del mismo a todos los colegiados, y solicitando a los notarios de la provincia de Almería que exijan dicho certificado en las operaciones de compraventa de viviendas.

Se trata de una actuación que afecta gravemente a la competencia en el mercado, no sólo porque supone que desde un colectivo de operadores económicos se ha acordado recomendar comportamientos de homogeneización de precios y condiciones comerciales, sino porque, como recuerda el Consejo, la propia recomendación a los fedatarios públicos implica, de facto, un intento de exclusividad en la representación institucional de la profesión, teniendo en cuenta que la actividad de administración de fincas no está sujeta a colegiación obligatoria y se puede desempeñar por los propios vecinos de la comunidad o por cualquier persona física con cualificación profesional suficiente y legalmente reconocida para ejercer este tipo de funciones.

Por todo ello, el Consejo de Defensa de la Competencia ha resuelto imponer a CAFALMERIA dos multas sancionadoras: una de 15.000€, por la aprobación y recomendación a sus colegiados de la aplicación de un baremo de honorarios, y otra de 3.625€, por la recomendación y fijación de las características y del precio de los certificados de situación de deuda de los propietarios frente a su comunidad.

Además, el órgano de decisión y dictamen de la Agencia insta al Colegio Territorial de Administradores de Fincas de Almería para que, en lo sucesivo, se abstenga de realizar prácticas semejantes a las sancionadas que puedan obstaculizar la competencia, además de imponerle la obligación de remitir a todos los colegiados el contenido íntegro de la Resolución sancionadora y de publicarla en su página web de forma visible durante un año.

El Colegio de Administradores de Fincas de Almería sancionado por imponer precios