jueves. 28.03.2024

MADRID, 3 (EUROPA PRESS)

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo (TS) anuló en el mes de abril, por falta de motivación, un nombramiento de la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, que ha vuelto a escoger al mismo candidato porque "nada" se lo "impide" una vez que ya ha justificado su decisión. La misma Sala ha resuelto ahora, en un caso similar, que el Consejo General del Poder Judicial (CPGJ) tiene la autoridad "indudable" para decidir a qué juez escoge para un puesto entre opciones igualmente válidas en Derecho.

El CGPJ "conserva un margen de discrecionalidad indudable, siempre que se respete la sujeción a los elementos reglados que sean de aplicación para nombrar al candidato que considere idóneo", estableció la Sala Tercera del TS en una sentencia del 30 de mayo, dos días antes de que el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicara que Delgado había elegido de nuevo a Eduardo Esteban Rincón como fiscal de Sala jefe de la Unidad Coordinadora de Menores.

La fiscal general justificó este miércoles, en un escrito de 22 páginas, que el Estatuto Orgánico de la Fiscalía le concede unas "amplísimas facultades", incluida la elección de cargos y, por lo tanto, "un margen de discrecionalidad para ejecutar una determinada política criminal en el marco de la acción de Gobierno".

Con ese escrito, Delgado argumentaba el porqué de su decisión de repetir el nombramiento de Esteban Rincón y también respondía al Supremo, que en abril le había afeado que en su propuesta para nombrar al fiscal de Sala ignorase al otro candidato, José Miguel de la Rosa, y que tampoco mencionara "nada" sobre los méritos en materia de menores del fiscal que al final ha conseguido la plaza. "La motivación de la Fiscal General del Estado no cumple las exigencias mínimas", señalaron entonces los magistrados.

En la sentencia del Supremo sobre el CGPJ, a la que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados señalan que su doctrina ha tenido desde siempre el "respeto más absoluto" a la discrecionalidad en la decisión de un nombramiento. Esto es, cuando el criterio adoptado por el Pleno del órgano de gobierno de los jueces "responde a méritos que representan opciones igualmente válidas en Derecho".

Los magistrados rechazan en la sentencia el recurso presentado por un magistrado de Asturias, José Ramón Chaves, contra el acuerdo del CGPJ que designó, en diciembre de 2020, presidente de la Sala de lo Contencioso del Tribunal Superior de Justicia asturiano a David Ordóñez. La elección entre los dos aspirantes al puesto, que cumplían los requisitos legales, se hizo dentro del "ámbito y amplio margen de discrecionalidad que le corresponde" al CGPJ, aseguran.

En esta resolución, el TS atribuye al CGPJ la "discrecionalidad indudable" para decantarse por uno u otro candidato siempre y cuando el nombramiento esté bien motivado y que los aspirantes hayan alcanzado niveles de excelencia en cuanto a mérito y capacidad.

LA MOTIVACIÓN DE DELGADO

La fiscal general, en el escrito de motivación dado a conocer esta semana, elogia la carrera de Esteban Rincón y destaca su "ejemplaridad y fidelidad" al Ministerio Público "tras un cambio de ciclo político", así como sus conocimientos en perspectiva de género, aspecto que para Delgado supone un "eje pragmático" en el "modelo social" de su trayectoria al frente de la Fiscalía.

Delgado dice que no está cómoda con la visión del otro aspirante. De la Rosa, según ella, "viene sosteniendo posturas con las que no me identifico en asuntos concretos y que reflejan, a mi juicio y en mi discrecionalidad, una falta de sensibilidad para el abordaje de las cuestiones jurídicas desde" la perspectiva de género.

"Nada impide, pues, que esta fiscal general del Estado proponga al mismo candidato, siempre que la nueva propuesta se adecúe a los criterios expresados por la Sala Tercera del Tribunal Supremo", sostiene. "Por lo tanto, en la comparativa entre aspirantes, no solo elijo a uno de los candidatos, también elijo un modelo", zanja.

El TS avala la "discrecionalidad" entre "opciones igualmente válidas" en un caso...