martes. 23.04.2024

Tortugas intervenidas

ALMERÍA.- El equipo especializado en Medio Ambiente de la Unidad de Policía adscrita a la Junta, dependiente de la Consejería de Justicia e Interior, ha puesto a disposición judicial a una persona por un presunto delito contra la flora y la fauna protegida, a la que han intervenido 16 ejemplares adultos de tortuga mora (Testudo Graeca), especie protegida declarada en peligro de extinción y cuya sola tenencia está prohibida por Ley.

Las tortugas intervenidas en esta operación policial, que se inició a raíz de una llamada anónima denunciando los hechos, han sido entregadas por los agentes de la policía andaluza, en condición de depósito, al Centro de Recuperación de Especies Amenazadas (CREA) “Las Almohallas”, ubicado en Vélez Blanco y dependiente de la Consejería de Medio Ambiente de la Junta de Andalucía, para su recuperación y posterior devolución a su hábitat natural, cuando así lo apruebe la autoridad judicial 

Los 16 ejemplares se localizaron en el jardín de acceso a una vivienda de la localidad almeriense de Turre, cuyo propietario carecía de la correspondiente autorización administrativa para la tenencia y cría en cautividad de especies protegidas, documentación que avala la procedencia legal. Además los animales también carecían del preceptivo microchip, por lo que los agentes procedieron a la incautación de las 16 tortugas. 

Tras la toma de declaración a la persona investigada, las diligencias policiales instruidas han sido remitidas al Juzgado de instrucción de Guardia de Vera. 

Primera operación tras la reforma del código penal

La operación llevada a cabo por la Unidad de Policía Adscrita a la Comunidad Autónoma es la primera contra la tenencia ilegal de tortugas moras que se realiza en la provincia tras la última reforma del código penal y tiene una doble vertiente. Por una lado, la penal pues persigue atajar la posesión ilegal de esta especie declarada en peligro de extinción y por otro, la de concienciación y sensibilización de la sociedad respecto de la necesaria protección de esta especie.

 

A partir del 1 de julio del pasado año, la mera posesión de una tortuga mora en casa, como mascota -costumbre muy arraigada en el sureste español- sin la autorización pertinente, pasó a ser un delito castigado con pena de prisión de seis meses a dos años o multa de ocho a veinticuatro meses.

 

Desde que la modificación del Código Penal se publicó a finales del pasado mes de marzo en el Boletín Oficial del Estado (BOE), los agentes han ido difundiendo información, haciendo especial hincapié en las redes sociales, lo que provocó una entrega masiva de ejemplares por parte de particulares que las tenían en casa. Varios cientos de ellas fueron recogidas por la Unidad de Policía, las cuales fueron remitidas al CREA “Las Almohallas”.

 

La tenencia de tortuga mora está prohibida conforme a la Ley 8/2003 de 28 de octubre de Flora y Fauna Silvestre, la cual establece en su artículo 7, el régimen general de protección de la flora y fauna silvestre y sus hábitats, recogiendo en su apartado segundo, letra d), la prohibición de la posesión, retención, naturalización, venta, transporte para la venta, retención para la venta, y en general, el tráfico, comercio e intercambio de ejemplares vivos o muertos de especies silvestres o de sus propágulos o restos, incluyendo la importación, la exportación, la puesta en venta, la oferta con fines de venta o intercambio, así como la exhibición pública, estableciendo como excepción al régimen general de protección la posesión de la correspondiente autorización administrativa para la tenencia y cría en cautividad de especies protegidas, como es el caso de la Tortuga Mora, la cual está incluida en el Catálogo Andaluz de Especies Amenazadas, como una especie en peligro de extinción.

En el ámbito penal, el artículo 334 del vigente código penal, tipifica como delito relativo a la protección de la flora, fauna y animales domésticos, quien contraviniendo las leyes o disposiciones de carácter general, cace, pesque, adquiera, posea o destruya especies protegidas de fauna silvestre, trafique con ellas, sus partes o derivados de las mismas; o realice actividades que impidan o dificulten su reproducción o migración, será castigado con la pena de prisión de seis meses a dos años o multa de ocho a veinticuatro meses y, en todo caso, la de inhabilitación especial para profesión u oficio e inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de cazar o pescar por tiempo de dos a cuatro años. Si bien en su apartado segundo establece que se impondrá la pena en su mitad superior si se trata de especies o subespecies catalogadas en peligro de extinción, como es el caso de la Tortuga Mora. 

Intervenidas en Turre 16 tortugas moras que son entregadas a un Centro de Especias...
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