miércoles. 24.04.2024

Ingeniero Técnico Agrícola

ALMERÍA.- El Colegio de Ingenieros Técnicos Agrícolas de Almería, COITAAL, ha recordado a los profesionales, empresas, titulados y administraciones públicas; la obligatoriedad legal de estar colegiado para el ejercicio de la profesión de Ingeniero Técnico Agrícola en cualquiera de sus modalidades. Desde el Colegio consideran que esta es la fórmula más idónea para luchar contra el intrusismo profesional y garantizar la calidad de los servicios prestados por los colegiados al sector, ya que desde la institución colegial se avala a los profesionales cualificados, los valores y las funciones de garantía que han ofrecido siempre los Colegios.

Con la obtención del título de Ingeniero Técnico Agrícola o Grado en Ingeniería Agrícola el Colegio continúa la labor de formación de la Universidad, apoyo defensa en el ejercicio profesional. Destacando entre los numerosos servicios que se ofrecen a los colegiados, las medidas de apoyo a los desempleados como la exención de cuota, bolsas de empleo, curso gratuito de búsqueda de empleo, programa de formación con condiciones especiales etc…

El colectivo de ingenieros técnicos agrícolas considera que se deben garantizar y establecer unas reglas del juego similares para todos los profesionales y habilitar a través de los Colegios para el ejercicio profesional, en función de los títulos académicos y el aprendizaje no formal (experiencia y formación continua) tal y como se impone en el ámbito europeo y mundial, porque de lo contrario se produciría un agravio comparativo.

La presidenta de COITAAL, Teresa García, recuerda que “hasta la entrada en vigor de la Ley estatal que determine las profesiones para cuyo ejercicio es obligatoria la colegiación, a la cual se refiere la Disposición Transitoria Cuarta de la Ley Ómnibus, se mantendrán las obligaciones de colegiación vigentes”. En este sentido, la ley determina que los Colegios Profesionales agruparán obligatoriamente a todos los Ingenieros Técnicos Agrícolas, Peritos Agrícolas y graduados que ejerzan la profesión en cualquiera de sus modalidades, ya sea libremente, ya en Entidades privadas, y en toda actividad de la misma índole en que sea necesario estar en posesión del título, o siempre que dicha titulación fuera condición para desempeñarla. 

En el caso específico del personal funcionario, estatutario o laboral al servicio de las Administraciones Públicas, COITAAL recuerda que también será obligatoria la colegiación según Sentencia 3/2013, de 17 de enero de 2013 publicada en BOE 37 de 2013 sobre la colegiación obligatoria de los funcionarios públicos autonómicos. Es decir todos los Ingenieros Agrícolas que ejercen la profesión deben estar colegiados.

COITAAL aboga por la colegiación obligatoria como garantía de los servicios profesionales
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