jueves. 28.03.2024

El BOE publica el acuerdo del Gobierno que autoriza la estancia en España de los niños saharauis este verano

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes el acuerdo adoptado el pasado 21 de junio por el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, por el que se aprueban las instrucciones por las que se determina el procedimiento para autorizar la residencia temporal de las personas menores y la estancia de los monitores, de origen saharaui, en España en el marco del Programa 'Vacaciones en Paz 2022'.

MADRID, 1 (EUROPA PRESS)

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado este viernes el acuerdo adoptado el pasado 21 de junio por el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, por el que se aprueban las instrucciones por las que se determina el procedimiento para autorizar la residencia temporal de las personas menores y la estancia de los monitores, de origen saharaui, en España en el marco del Programa 'Vacaciones en Paz 2022'.

El programa 'Vacaciones en Paz', por el que las personas menores saharauis pasan un periodo del verano en familias de acogida, se retoma este año tras dos ediciones, 2020 y 2021, suspendido como consecuencia de la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19.

En los años anteriores a la suspensión, el programa 'Vacaciones en Paz' ha permitido la acogida temporal por familias españolas de las personas menores procedentes de los campamentos de refugiados saharauis situados en la provincia argelina de Tinduf.

Este programa solidario, llevado a cabo por las asociaciones de amigos del Pueblo Saharaui de las provincias españolas en colaboración con la Delegación Nacional Saharaui y las delegaciones saharauis en las distintas comunidades autónomas, permite que anualmente miles de niños y niñas puedan disfrutar durante la época estival de un periodo de vacaciones en España tras el cual regresan a su lugar de procedencia.

Para autorizar el desplazamiento temporal a España, el acuerdo adoptado por el Gobierno establece que las entidades que tengan previsto desplazar a dichos niños deberán solicitar informe previo favorable al desplazamiento a la persona titular de la Subdelegación del Gobierno competente en el territorio en el que vayan a permanecer.

Además, habrán de anexar un listado de los menores que se van a desplazar a España en el que se haga mención expresa a la persona física o familia concreta con la que van a permanecer durante la vigencia del programa.

Por su parte, la persona titular de la Delegación o de la Subdelegación del Gobierno comprobará el informe del órgano u órganos autonómicos competentes en materia de protección de menores en el que deberá constar el certificado negativo de delitos de naturaleza sexual, aportado a iniciativa de la entidad promotora del desplazamiento.

Mientras, la familia acogedora deberá firmar un escrito en el que exprese su conocimiento de que la venida y permanencia de la persona menor en el marco del programa no tiene por objeto la adopción, ni el acogimiento permanente, así como su compromiso de favorecer el regreso del menor a su lugar de procedencia.

Según señala el acuerdo, solo se podrá prorrogar la autorización de residencia concedida al menor, en el caso de que durante la vigencia de la autorización de residencia temporal concedida, el menor de origen saharaui haya comenzado a recibir asistencia sanitaria especializada para una enfermedad que sea imposible seguir tratando en su lugar de origen.

La concesión de la prórroga por la persona titular de la Delegación o Subdelegación del Gobierno será por el tiempo estrictamente necesario, que coincidirá con la duración estimada por el facultativo hasta un máximo de un año, pudiendo, solo de manera claramente justificada ser nuevamente prorrogada, según se establece en el acuerdo.

El BOE publica el acuerdo del Gobierno que autoriza la estancia en España de los niños...