jueves. 25.04.2024

Patrimonio rechaza la documentación complementaria de un colegio privado del centro al no subsanar incidencias

La Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Sevilla, adscrita a la Consejería de Cultura, ha informado desfavorablemente respecto a la documentación complementaria entregada por el Centro Privado de Enseñanza Ribamar para un proyecto de "reforma" de sus instalaciones previamente elevado a este organismo, al entender que "no ha sido subsanado el requerimiento anterior".

SEVILLA, 10 (EUROPA PRESS)

La Comisión Provincial de Patrimonio Histórico de Sevilla, adscrita a la Consejería de Cultura, ha informado desfavorablemente respecto a la documentación complementaria entregada por el Centro Privado de Enseñanza Ribamar para un proyecto de "reforma" de sus instalaciones previamente elevado a este organismo, al entender que "no ha sido subsanado el requerimiento anterior".

En un reciente acuerdo de dicho organismo recogido por Europa Press, el mismo especifica que aunque el edificio de este colegio privado no está inscrito de forma individual en el Catálogo General del Patrimonio Histórico de Andalucía, sí está abarcado por la declaración de bien de interés cultural (BIC) de la que goza el Conjunto Histórico y Artístico de Sevilla, concretamente por el sector correspondiente a la Catedral, declarada además como Patrimonio Mundial.

Vista la propuesta, la Comisión Provincial de Patrimonio Histórico ha acordado por unanimidad "informar desfavorablemente" sobre la documentación complementaria aportada para el proyecto de reforma del edificio del Centro Docente Privado Ribamar, al entender que "no ha sido subsanado el requerimiento anterior".

"La construcción de la marquesina planteada, junto con el nuevo tramo de escalera, además de sobrepasar considerablemente la altura de la cubrición actual, sigue suponiendo un elemento de dimensiones considerables permanente e inamovible frente al carácter efímero del sistema de cubrición existente; entendiéndose además que el carácter parcial de los dos elementos planteados, distorsiona la percepción del patio y por tanto la lectura de la estructura arquitectónica del conjunto histórico de llenos y vacíos", resume la Comisión.

Además, "con respecto a este aspecto, se recuerda el artículo 21.3 de la Ley 16/1985, de 25 de junio, de Patrimonio Histórico Español, en el que se establece que la conservación de los conjuntos históricos declarados bien de interés cultural comporta el mantenimiento de la estructura urbana y arquitectónica".

Patrimonio rechaza la documentación complementaria de un colegio privado del centro al...
Entrando en la página solicitada Saltar publicidad