viernes. 19.04.2024

HazteOír pide cárcel y multas para los nueve encaudados por el ataque a su autobús en 2017

La asociación HazteOír ha comunicado este lunes que ha solicitado penas de hasta cuatro años de prisión y multas para cada uno de los nueve jóvenes encausados merced a la querella promovida por la entidad, --a la que le fue retirada la declaración de utilidad pública tras su campaña con el lema 'Los niños tienen pene. Las niñas tienen vulva', medida ratificada por la Audiencia Nacional--; por los altercados acontecidos con motivo del recorrido de su autobús en Sevilla capital unos meses después de aquella campaña.

SEVILLA, 25 (EUROPA PRESS)

La asociación HazteOír ha comunicado este lunes que ha solicitado penas de hasta cuatro años de prisión y multas para cada uno de los nueve jóvenes encausados merced a la querella promovida por la entidad, --a la que le fue retirada la declaración de utilidad pública tras su campaña con el lema 'Los niños tienen pene. Las niñas tienen vulva', medida ratificada por la Audiencia Nacional--; por los altercados acontecidos con motivo del recorrido de su autobús en Sevilla capital unos meses después de aquella campaña.

Los encartados responden a las iniciales G.L.J, M.P.B., D.L.P., D.R.G., R.S.G., A.Z.L., J.M.R.G., J.R.L.N. y L.L.B., a quienes dicha asociación achaca presuntos delitos de coacciones, de desórdenes públicos, de discriminación, contra la integridad moral de los querellantes, de daños y de lesiones leves.

Para cada uno de ellos, en función del delito que presuntamente cometieron, la entidad querellante solicita penas "de hasta cuatro años de prisión, inhabilitación y multa", según indica HazteOir en un comunicado.

Los hechos se remontan al mes de marzo de 2017, con motivo de una ruta del autobús de la entidad por Sevilla capital con el lema 'Respeto para todos. No al bullying', que seguía a su controvertida campaña de 2016 "frente al adoctrinamiento LGTB", toda vez que en 2018, el Juzgado de Instrucción número 16 de Sevilla acordó el sobreseimiento inicial de la querella de la entidad.

En el auto de archivo emitido por el Juzgado de Instrucción número 16 de Sevilla, se afirmaba que "hubo coacción para que el autobús naranja no circulara cuando rodaba por las inmediaciones del Palacio de San Telmo de la capital andaluza y que se impidió manifestarse a los ocupantes del '#HOBus', que se vieron asaltados por una multitud de personas que, además, lanzaron piedras que ocasionaron importantes desperfectos materiales al vehículo", si bien el juzgado acordaba archivar las actuaciones "por falta de autor conocido".

"CONSTAN" DAÑOS Y PERSONAS IDENTIFICADAS

Pero la decisión de archivo fue recurrida por la entidad y la Fiscalía, considerando el Ministerio Público que consta en la causa la producción de una serie de daños en el autobús de la organización que ascienden a cantidad "notoriamente superior a 400 euros", lo que haría que los hechos "fueran constitutivos de un delito de daños del artículo 263.1 del Código Penal".

Además, argumentaba el Ministerio Público que "consta igualmente" en la causa la identificación de dos personas, R.E.G. y D.R.G., como supuestos autos de los desperfectos mencionados, "no sólo porque ya se hacía dicha identificación en el atestado policial, sino porque en declaración en el juzgado, los agentes han ratificado dichas identificaciones".

"En el primer caso por haberlo presenciado de forma directa y en el segundo, ante las manifestaciones vertidas por las personas que se hallaban en el lugar, sin perjuicio de lo que pueda acreditarse en el acto de la vista al valorarse en su conjunto la prueba que se practique, incluido el posible reconocimiento de los testigos que acreditan el lanzamiento de objetos y daños, independientemente de que en fase sumarial no hayan podido, por razones obvias, reconocer a nadie en concreto, a tenor principalmente de cómo se producen los hechos y acciones distintas de las mencionadas, de las que no se ha podido identificar posibles autores", exponía la Fiscalía.

Por todo ello, la Fiscalía concluía que, existiendo "indicios suficientes" de la comisión del delito de daños y de su autoría, procede continuar la tramitación de las diligencias previas incoadas a los efectos oportunos, previa revocación del auto impugnado.

HazteOír pide cárcel y multas para los nueve encaudados por el ataque a su autobús en 2017
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