viernes. 29.03.2024

Considera que "ha quedado acreditado el daño" a las aguas públicas y que las medidas adoptadas derivaron de su denuncia inicial

SEVILLA, 22 (EUROPA PRESS)

Ecologistas en Acción no prevé recurrir "en principio" el auto con el que el juez de refuerzo del juzgado de Instrucción número seis de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, decreta el sobreseimiento provisional de la causa con la que investigaba posibles delitos contra el medio ambiente por vertidos "contaminantes" en tres de las estaciones depuradoras de aguas residuales urbanas (EDAR) de la Empresa Metropolitana de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas (Emasesa).

Antonio Amarillo, activista de esta entidad promotora de la denuncia de la que parten las actuaciones y personada en la causa judicial, ha explicado a Europa Press que, "en principio", Ecologistas en Acción no tendría previsto impugnar el sobreseimiento de las diligencias, manifestando que pese a la decisión judicial, "ha quedado acreditado el daño" a las aguas públicas.

Es más, ha defendido que de la instrucción del asunto, se deduce que las Administraciones "no habrían hecho nada" de no ser por la causa judicial derivada de la denuncia de Ecologistas en Acción, pues las medidas alegadas no fueron adoptadas "hasta 2018", una vez sobre la mesa la denuncia de los ecologistas.

En el auto, emitido el pasado día 16 y recogido por Europa Press, el juez detecta indicios de que en las EDAR de El Copero, Tablada y San Jerónimo, "los agentes y sustancias contaminantes podrían afectar gravemente al medio receptor de los correspondientes vertidos de aguas residuales; ocasionando así un potencial perjuicio a las aguas públicas (dominio público hidráulico) declaradas zonas sensibles y, por tanto, de especial protección medioambiental, dada la posibilidad de afectar gravemente a la calidad de las aguas de los ríos, especialmente, por el vertido incontrolado de fósforo y nitrógeno totales, con grave perjuicio para el equilibrio de los sistemas naturales".

Al hilo, señala por ejemplo un informe del Instituto Nacional de Toxiología que "concluye que los vertidos de las EDAR de Copero, Tablada y San Jerónimo habrían causado daños sustanciales a la calidad del medio receptor y han podido perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales".

Aunque el juez detecta un posible delito contra el medio ambiente, precisa no obstante que "no se aprecia en los sujetos investigados una conducta orientada finalísticamente a la producción de resultado antijurídico alguno en el comportamiento denunciado", según precisa.

El auto explica así que los informes del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses, junto con los elaborados por el Servicio de Protección de la Naturaleza de la Guardia Civil (Seprona), permiten deducir -aún de forma indiciaria- la concurrencia de una alteración sustancial de la calidad del medio receptor de los vertidos.

INFORMES "CONTRADICTORIOS"

Pero esas conclusiones, añade la resolución, "aparecen severamente contradichas por los demás informes periciales", no ya los aportados por las defensas de los investigados sino también -y principalmente- por los Informes aportados y elaborados por el perito judicial, "en los que viene a concluir que no puede afirmarse que los vertidos de fósforo y nitrógeno llevados a cabo en los años investigados tuvieran potencial suficiente para provocar una afectación grave a la calidad del medio receptor o daños sustanciales al medio natural".

Así, aunque resultaría "factible deducir que los cauces receptores de los vertidos de las EDAR investigadas estarían deteriorados", el auto explica que los informes periciales ponen de manifiesto "la posible incidencia de otros agentes contaminantes". De tal manera que "si bien los vertidos de las EDAR podrían determinar los consiguientes elevados niveles de nitrógeno y fósforo detectados, también se constatan otros factores y otras posibles causas que habrían de incidir en la mala de calidad de las aguas".

"Los informes contradictorios incorporados a las actuaciones, todos ellos de gran calidad técnica y científica, no permiten deslindar y dilucidar la posible vinculación y contribución de los vertidos de las EDAR al deterioro y empeoramiento de la calidad del medio receptor; al menos, con la certeza y seguridad necesarias para estimar concurrente una conducta delictiva", resume Vilaplana.

"POTENCIAL RIESGO CONTAMINANTE"

"La falta de actuación eficaz en orden a reducir los niveles tóxicos de vertido por parte de los responsables de la Administración Autonómica y de la investigada Emasesa no puede ser considerada delictiva, en cuanto no consta acreditada, con la solvencia necesaria, una inacción absoluta por parte de dichas entidades y sus responsables, determinante de la producción del hecho contaminante y/o del potencial riesgo contaminante que tipifica el Código Penal", indica el juez.

Por ello, concluye, "no es posible deducir con la suficiente solvencia -exigible para mantener un sustento acusatorio consistente en un eventual plenario-, la existencia de una actuación ilícita que pueda ser calificada como propiamente delictiva, de relevancia penal, imputable a EMASESA y a las seis personas investigadas.

Según el mismo, "pese a lo exhaustivo de las actuaciones (...) no es posible deducir con la suficiente solvencia exigible para mantener un sustento acusatorio consistente en un eventual plenario, la existencia de una actuación ilícita que pueda ser calificada como propiamente delictiva, de relevancia penal, imputable" a Emasesa, Jaime Palop como consejero delegado de la empresa, su antecesor en el cargo, Jesús Maza; Enrique V.R. como jefe de Supervisión de Emasesa, el empleado de tal entidad Antonio J.M., el exdirectivo de Emasesa Antonio Díaz y Carlos Manuel T.D.

Al hilo, recuerda que en 2019, la Junta de Andalucía suscribió un convenio con los Ayuntamientos de Sevilla y de Dos Hermanas para la financiación de la depuración de las aglomeraciones urbanas de Copero, Tablada y San Jerónimo, "habiéndose tramitado las licitaciones de los expedientes de obras correspondientes", al objeto de solucionar esta situación.

Ecologistas no prevé recurrir "en principio" el archivo de la causa de las EDAR de Emasesa