jueves. 25.04.2024

En el juicio el jurado popular se mostró favorable a una petición de indulto parcial por la actitud "colaborativa" del inculpado

SEVILLA, 25 (EUROPA PRESS)

La Audiencia de Sevilla ha condenado a 21 años de cárcel a Virgilio C.V., acusado de asesinar en febrero de 2020 a su propio hermano, disparándole con una escopeta en un paraje de la localidad de Los Palacios y Villafranca, después de que el jurado popular del juicio celebrado en su contra le declarase por unanimidad "culpable" de "causar intencionadamente la muerte" de la víctima y de poseer un arma de fuego sin autorización para ello.

Así figura en esta sentencia emitida el pasado 12 de enero, difundida por la Oficina de Comunicación del TSJA y recogida por Europa Press, toda vez que para el veredicto de culpabilidad, el jurado popular tuvo especialmente en cuenta el testimonio ante los agentes del hijo de la víctima, quien momentos después de los hechos dijo haber visto a su tío Virgilio C.V. disparando contra su padre, culpándole de haberle "matado", toda vez durante el juicio esta persona estaba en paradero desconocido y la vista no pudo contar con su comparecencia como testigo.

La Audiencia condena al acusado a veinte años y seis meses de prisión por un delito de asesinato con la agravante de parentesco y a seis meses de cárcel por un delito de tenencia ilícita de armas, así como a que indemnice con un total de 20.000 euros a los hijos de la víctima.

PETICIÓN DE CÁRCEL

En el juicio, y tras el veredicto de culpabilidad emitido por los miembros del jurado, la Fiscalía solicitó para el acusado 22 años de cárcel por el delito de asesinato y nueve meses de prisión por el delito de tenencia ilícita de armas, así como el pago de una indemnización de 20.000 euros a los hijos del fallecido. De su lado, el abogado defensor del condenado solicitó la pena mínima legalmente prevista.

En su veredicto, el jurado consideró probado que los hechos tuvieron lugar sobre las 21,30 horas del día 7 de febrero de 2020, cuando el encausado se dirigió a bordo de un vehículo hasta una explanada existente delante de su domicilio, la zona de naves abandonadas de Los Palacios conocida popularmente como La Lechera, donde encontró a su hermano, que estaba acompañado por su hijo.

"PELIGROSIDAD Y CRUELDAD"

Una vez en la explanada, "sin apearse del vehículo" y "guiado por el ánimo de acabar con la vida" de su hermano, el acusado le disparó con una escopeta que portaba "sin moverse del asiento que ocupaba", ocasionándole la muerte, según consideró probado el jurado, que también señaló en su veredicto que el condenado "sacó la escopeta por la ventanilla del copiloto, disparando con ella de forma sorpresiva e inesperada" a la víctima, que no tuvo por ello "posibilidad de defensa alguna".

A la fecha de los hechos, el acusado carecía de licencia o permiso de armas, motivo por el que la Audiencia de Sevilla le impone una pena de seis meses de cárcel por un delito de tenencia ilícita de armas.

Por el delito de asesinato con la agravante de parentesco, que conlleva una pena de entre 20 años y 25 años de prisión, la Audiencia impone al acusado veinte años y seis meses de cárcel -seis meses superior a la pena mínima-, y todo ello "dada la peligrosidad y crueldad que evidencia la existencia de premeditación en la conducta del acusado, quien con anterioridad al disparo se hizo con el arma de fuego que luego utilizó para matar" a su hermano.

A la hora de su comparecencia, el acusado Virgilio C.V., quien en la fase de instrucción del caso se acogió a su derecho a no prestar declaración y cuya defensa negaba los hechos al comienzo de la causa judicial, aseguraba que aquella noche del 7 de febrero de 2020 se encontraba en su casa en la zona de La Lechera cuando llegó a la misma su hermano Jesús, sin compañía de nadie más y portando una escopeta que "era de todos los hermanos", 12 en total.

LA VERSIÓN DEL INCULPADO

Según el acusado, el salón de la vivienda en el que ambos se encontraban "estaba oscuro" al haber caído la noche, contexto en el que a su hermano "se le cayó la escopeta" de las manos; ante lo cual él habría recogido el arma del suelo tomándola "por detrás", por la empuñadura; mientras su hermano "tiró del cañón" del arma de manera simultánea. Fue en ese momento, según su versión, cuando la escopeta "se disparó" alcanzando a su hermano.

Pero según los agentes que prestaron testimonio en la vista, el hijo del fallecido explicó "perfectamente" los hechos y narró "claramente" cómo su tío había "disparado" contra su padre desde su coche, causándole la muerte.

Recordemos que en este juicio, por cinco votos a favor de los nueve miembros del jurado popular, el mismo se mostró favorable a una petición de indulto parcial ante el Ministerio de Justicia, por la actitud colaborativa del inculpado.

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