viernes. 29.03.2024

El hotel de El Algarrobico pintado con un punto negro



El Ayuntamiento de Carboneras (Almería) ha insistido ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) en que no puede anular la licencia de obras concedida en 2003 para construir el hotel de Azata en el paraje de El Algarrobico y que, en consecuencia, tampoco "procede" incoar un expediente de demolición del inmueble.

En el escrito de conclusiones presentado al TSJA en el marco del procedimiento contencioso-administrativo impulsado por Greenpeace para agilizar el derribo del hotel, el consistorio recuerda que la pretensión de anulación de licencia de obras "ya fue sustanciada" en otro procedimiento, que derivó en la sentencia firme de julio de 2014 del mismo tribunal que validaba la citada licencia sin entrar en el fondo del asunto.

El escueto escrito, de 21 de enero y apenas tres páginas, remite continuamente a su escrito de contestación de demanda ya que considera que, ni la prueba practicada ni el escrito de conclusiones de Greenpeace, modifican lo ya defendido por el Ayuntamiento que pasa porque no tiene potestad para revisar de oficio la concesión de la licencia de obras ya que este acto debería ir acompañado de una indemnización a Azata cuya cuantía no puede asumir y sobre cuya pertinencia, además, debe decidir la Audiencia Nacional.

"Estaríamos ante un límite de la potestad revisoria de los actos nulos el supuesto contemplado en este proceso: el ejercicio de la potestad de revisión de oficio deberá ir acompañada de la correspondiente indemnización y este asunto, el de la indemnización, está siendo objeto de revisión judicial estando implicadas otras dos administraciones publicas, Gobierno y Junta de Andalucía", apuntó en su día.

Sobre la demolición del hotel, trasladó que "no siendo procedente la revisión de la licencia, tampoco procedería a dar cuenta de la pretensión de que por este Ayuntamiento de lleve a cabo el inicio de la demolición del hotel" y recordó que hay un protocolo firmado entre Gobierno andaluz y Ministerio de Medio Ambiente en el que se "reparten el coste y las labores de derribo y restauración del terreno". En su reciente escrito de conclusiones, el Consistorio obvía, sin embargo, pronunciarse sobre este extremo.

El Ayuntamiento matizó en la contestación de demanda que, si bien posibilidad de revisar de oficio el acto administrativo por el que concedió la licencia para declarar su nulidad ya fue vetada la sentencia de 2014 "definitiva y firme", la citada sentencia es, ahora mismo, "inejecutable" debido a que "ha cambiado radicalmente" la normativa vigente en 2003 conforme a la que se tramitó.

Aludió a las "circunstancias excepcionales que han rodeado las obras de construcción del hotel" y subraya que el Estado aprobó un nuevo deslinde y la Junta de Andalucía una nueva normativa ambiental para el parque natural de Cabo de Gata además de tener "competencia directa en el planeamiento vigente en el momento de otorgar la licencia".

CONCLUSIONES DE GREENPEACE

Por su parte, Greenpeace ha instado al TSJA a que obligue al Ayuntamiento de Carboneras a abrir expediente de demolición sobre el hotel ya que la licencia municipal de obras que se concedió en 2003, además de ser nula de pleno derecho, ha "caducado y ha perdido sus efectos".

"De una u otra forma, el hotel es ilegal e ilegalizable y su futuro es desaparecer", argumenta el colectivo conservacionista, que remarca que las obras del inmueble, ejecutado a más del 90 por ciento, "no se pueden reanudar" y que, por tanto, procede la "demolición para restablecer la legalidad al ser manifiestamente incompatible con la ordenación urbanística".

Con respecto al Ayuntamiento de Carboneras, el colectivo apunta que la "única razón que esgrime" para oponerse a abrir expediente de demolición es que "su coste económico es inasumible para las arcas municipales" y recuerda que, como ya se ha explicado en la demanda, el coste del derribo, en caso de que lo acuerde el TSJA, va a correr a "cargo del Gobierno central y de la Junta andaluza en base al protocolo firmado en 2011".

El escrito concluye que, según el artículo 22 del Reglamento de Disciplina Urbanística, la caducidad de la licencia "extingue" sus efectos, por lo que las obras "no están amparadas por ninguna licencia" y añade que, dado que las obras están realizadas en terrenos clasificados como protegidos y "manifiestamente incompatibles con la ordenación urbanística, procede el derribo del hotel para reponer la realidad física alterada y restablecer la legalidad urbanística".

Cabe recordar que en el marco de este procedimiento, el Ayuntamiento de Carboneras ha comunicado al TSJA que ha dado cumplimiento a la sentencia que le ordena cambiar el suelo de El Algarrobico de urbanizable a espacio protegido en su planeamiento urbanístico.


--EUROPA PRESS--

Carboneras insiste a TSJA que no puede anular la licencia del Algarrobico ni impulsar...