viernes. 19.04.2024

MADRID, 22 (EUROPA PRESS)

Una resolución de la Audiencia Provincial de Valencia de marzo del año pasado dictaminó sobre la dificultad de ver delito de odio en mensajes contra la inmigración emitidos por Vox, al estimar que la jurisprudencia constitucional sobre libertad de expresión lleva a considerar que "la demagogia y los populismos" no son censurables desde el punto de vista constitucional.

Este posicionamiento pone de manifiesto los obstáculos que pueden encontrar la Fiscalía y los tribunales -en caso de que el asunto termine judicializándose - a la hora de tramitar las diligencias abiertas de oficio para investigar un presunto delito de odio por parte de Vox en uno de sus carteles electorales, en el que compara las pensiones con el coste mensual destinado a los menores extranjeros no acompañados.

Se trata de un cartel desplegado en la estación de Cercanías de Sol contra este colectivo. Los carteles incluyen mensajes como 'Un MENA, 4.700 euros al mes. Tu abuela, 426 euros de pensión/mes', junto al logo de Vox y su lema de campaña 'Protege Madrid'. Contra el cartel, que investiga de oficio el Ministerio Público, se acumulan ya denuncias presentadas por el PSOE; el líder de Unidad Podemos,Pablo Iglesias; Más Madrid y la Comisión Española de Ayuda al Refugiado (CEAR).

En su día, los jueces valencianos trataron un asunto similar y desestimaron un recurso de la Fiscalía contra la decisión de un juez de Sueca (Valencia) de archivar la causa contra un mensaje de Vox en redes que señalaba lo siguiente, en relación con una noticia del diario El País: "Lo País, se os ha olvidado un detalle, son cinco magrebíes. Imprescindible puntualizar el origen extranjero de la mayoría de los violadores para que los españoles tomen conciencia del tipo de delincuentes a los que estáis abriendo las puertas y subsidiando con el dinero de todos".

Los jueces valencianos tildaron el mensaje de "objetivamente ofensivo y éticamente rechazable", si bien concluyeron que se efectuaba en el ámbito de la libre formación de la opinión pública, "aun cuando trate de inocular opiniones erróneas, estadísticamente incorrectas e indiferentes desde el punto del Derecho Penal".

En su resolución, que adelanta Ok Diario, los jueces advertían además que "el análisis previo de legalidad constitucional impide la persecución penal de los hechos, sin necesidad de efectuar un examen de su tipicidad mediante el análisis de sus elementos objetivos y subjetivos". Así, "la demagogia y los populismos no son censurables desde este punto de vista, con el límite del discurso del odio", que no ven en este caso.

Respecto a este examen previo de si la conducta puede estar amparada por el derecho fundamental a la libertad de expresión, los jueces valencianos se remitían a la sentencia del tribual de garantías que que anuló la condena impuesta al cantante de Def con Dos, César Strawberry, por enaltecer el terrorismo en Twitter.

Para estos magistrados "la libertad de expresión, en su dimensión institucional, nada tiene que ver con la realidad de los mensajes que se emiten", por lo que enmarcaron el mensaje de Vox en "una noticia de actualidad, relativa a unos hechos que son muy sensibles socialmente."

"En otras palabras, una formación política está perfectamente legitimada para emitir opiniones sobre asuntos que preocupan a la ciudadanía -añadían-. E insistimos, lo absurdo o acientífico de sus argumentos no pueden ser medida de su legalidad constitucional".

También valoraron que el mensaje de Vox respecto a la nacionalidad de unos autores de una presunta agresión sexual era "único", pues no había otro mensaje de esta misma cuenta sobre esta misma temática, por lo que concluyeron que no podía inscribirse en un discurso elaborado y prolongado contra un determinado colectivo. Este extremo también deberá ser valorado por la Fiscalía en su análisis del cartel anunciado.

USO DEL MENSAJE

Así, valoraron que el mensaje no se adornara "con datos científicos o estadísticos, ni acompaña de otras noticias de prensa que apoyen la opinión que está dando", lo que redujo su ámbito a un mero comentario aislado.

Esta circunstancia parece diferente a lo que está ocurriendo con el cartel electoral, cuyo contenido fue incluso comentado por la candidata de Vox a la Presidencia de la Comunidad de Madrid en el debate electoral emitido por varias televisiones a nivel nacional. El mensaje ha sido repetido además en mítines de la formación liderada por Santiago Abascal, como demuestra un vídeo de campaña subido a la red YouTube.

Un tribunal ya dictaminó que la jurisprudencia del TC sobre libertad de expresión...
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