jueves. 28.03.2024

El TC estudiará el mantenimiento de la orden de detención de Puigdemont en España, pero no la suspende

El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de amparo presentado por las defensas del expresident de la Generalitat Carles Puigdemont y los ex consejeros huidos junto a él en Bélgica Clara Ponsatí y Antoni Puig contra la decisión adoptada en su día por el instructor del 'procés' Pablo Llarena, ratificada posteriormente por la Sala de lo Penal del Supremo, de mantener las órdenes nacionales de búsqueda, detención e ingreso en prisión dictadas contra ellos tras su elección como eurodiputados. No obstante, y hasta que se establezca doctrina sobre este asunto, rechaza dejarlas en suspenso.
El expresidente de la Generalitat de Catalunya Carles Puigdemont durante la sesión plenaria en el Parlamento Europeo en la que la Eurocámara ha suspendido su inmunidad, en Bruselas (Bélgica), a 9 de marzo de 2021. El pleno del Parlamento europeo ha aproba

MADRID, 18 (EUROPA PRESS)

El Pleno del Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de amparo presentado por las defensas del expresident de la Generalitat Carles Puigdemont y los ex consejeros huidos junto a él en Bélgica Clara Ponsatí y Antoni Puig contra la decisión adoptada en su día por el instructor del 'procés' Pablo Llarena, ratificada posteriormente por la Sala de lo Penal del Supremo, de mantener las órdenes nacionales de búsqueda, detención e ingreso en prisión dictadas contra ellos tras su elección como eurodiputados. No obstante, y hasta que se establezca doctrina sobre este asunto, rechaza dejarlas en suspenso.

El Tribunal aprecia que en el recurso concurre una especial trascendencia constitucional porque plantea un problema o afecta a una faceta de un derecho fundamental sobre el que no hay doctrina de este Tribunal. Añade que el asunto suscitado trasciende del caso concreto porque plantea una cuestión jurídica de relevante y general repercusión social o económica.

En una providencia notificada este jueves, el TC acuerda que se dirija atenta comunicación a la Sala Penal del Tribunal Supremo para que remita certificación o fotocopia adverada de las actuaciones correspondientes a los autos anteriormente citados.

En relación con la suspensión solicitada, el tribunal de garantías no considera justificada su adopción sin escuchar al resto de partes, que es lo que se solicitaba como medida "cautelarísima", todo ello a la vista de los derechos fundamentales cuya vulneración alegan los demandantes, así como la naturaleza cautelar de la resolución judicial impugnada y los intereses constitucionalmente relevantes que sedirige a tutelar.

En consecuencia, acuerda formar pieza separada de suspensión y dartraslado al Ministerio Fiscal y al solicitante de amparo para que efectúen o, en su caso, amplíen alegaciones respecto a dicha petición cautelar. De la sentencia que en su día se dicte será ponente el Magistrado Cándido Conde-Pumpido.

La petición por parte de Puigdemont y Comín, argumentada por el abogado Gonzalo Boye, calificaba la decisión de Llarena de "manifiestamente arbitraria" y se presentó en contra de la decisión de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, presidida por el magistrado Manuel Marchena, que confirmó el criterio inicial del instructor.

PRESUNTOS DERECHOS VULNERADOS

Para la defensa de Puigdemont y el resto de cargos en Bélgica, la postura adoptada por el Supremo y posteriormente confirmada por el Tribunal Constitucional es contraria a la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que reconoció la inmunidad del exvicepresidente de la Generalitat Oriol Junqueras desde que fue proclamado eurodiputado el 13 de junio de 2019 y que podría tener incidencia en sus clientes.

Debido a la decisión adoptada en su día el expresidente de la Generalitat y el exconseller no pudieron comparecer ante la Junta Electoral Central para realizar los trámites necesarios y recoger sus actas de diputados. Así, el 20 de junio de 2019, el órgano supervisor de los procesos electorales dictó sendos acuerdos en los que decidió no tener por efectuada la promesa o juramento y declarar vacantes los escaños correspondientes a Oriol Junqueras, Carles Puigdemont y Antoni Comí.,

Y es que, según la defensa, "más de un millón de ciudadanos de la Unión Europea que votaron la lista de la coalición Lliures per Europa (Junts) en las pasadas elecciones al Parlamento Europeo vieron como su voto no es respetado por el orden jurisdiccional penal al no respetar ni la elección de los diputados que han escogido ni su correspondiente inmunidad".

El TC estudiará el mantenimiento de la orden de detención de Puigdemont en España, pero...