jueves. 25.04.2024

El comercio minorista de menos de 1.300 metros no estará obligado a donar alimentos a organizaciones sociales

Los comercios dedicados al comercio minorista cuya superficie no supere los 1.300 metros cuadrados no estarán obligados a firmar convenios con entidades sociales para la donación de alimentos con el fin de evitar el desperdicio alimentario. Ésta es una de las excepciones que prevé el proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario aprobado esta semana por el Consejo de Ministros y previsiblemente entre en vigor a principios de 2023.

MADRID, 9 (EUROPA PRESS)

Los comercios dedicados al comercio minorista cuya superficie no supere los 1.300 metros cuadrados no estarán obligados a firmar convenios con entidades sociales para la donación de alimentos con el fin de evitar el desperdicio alimentario. Ésta es una de las excepciones que prevé el proyecto de Ley de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario aprobado esta semana por el Consejo de Ministros y previsiblemente entre en vigor a principios de 2023.

Según ha explicado este jueves el director general de la Industria Alimentaria, José Miguel Herrero, a lo que sí estarán obligados todos los operadores de la cadena alimentaria es a disponer de un plan de prevención del desperdicio y pérdidas. En este sentido, ha explicado que el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación pondrá a disposición de quienes lo demanden modelos de convenios para facilitar su elaboración.

Herrero ha incidido en la importancia de la donación y ha advertido que ningún plan podrá incluir cláusulas que la impidan. "Serían contratos nulos de pleno derecho", ha advertido. Dichos convenios deben recoger todo el proceso de donación de los alimentos a organizaciones sociales, así como las condiciones de recogida, transporte y los compromisos suscritos por ambas partes.

EXCEPCIÓN PARA RESTAURANTES CON BUFFET

Otra de las excepciones que prevé el proyecto de ley es para los locales de restauración que tengan la modalidad de buffet libre, ya que no estarán obligados a ofrecer a los clientes la comida sobrante para llevarse a casa. En el resto de casos, los restaurantes y hoteles sí deberán hacerlo y deberán ofrecer envases reciclables a los comensales para llevarse las sobras.

Respecto a las sanciones, Herrero ha recordado que estas oscilarán entre los 2.000 euros para aquellas infracciones leves, hasta los 500.000 euros para las muy graves, aunque ha insistido en que el objetivo de la ley "no es el punitivo". "No es el objetivo sancionar por sancionar, si no promover el cambio en los operadores incentivándoles a hacer el autodiagnóstico", ha indicado el director general de la Industria Agroalimentaria.

Respecto a la vigilancia del cumplimiento de la ley, ha recordado que la capacidad inspectora recae en las comunidades autónomas y ha explicado que los inspectores asumirán estas nuevas funciones. Ha descartado además que se vayan a realizar inspecciones contra el desperdicio en los hogares en los que confía en "las campañas de senbilización y las buenas prácticas".

Sobre el objetivo de reducción de los deshechos alimentarios, ha recordado que es de un 50% para los países europeos y espera que en los hogares pueda rebajarse entre un 5 y 10% anual. Así, en 2021 ha conseguido aminorarse en un 8% respecto al año anterior y durante los meses de confinamiento se redujo en un 16%. "Estos datos demuestran que disponer de más tiempo es crucial para rebajar el desperdicio alimentario", ha admitido Herrero.

Sobre las estadísticas del desperdicio en locales de restauración y hoteles, ha indicado que el Ministerio dispondrá en breve de datos. "Tenemos a un grupo de consumidores que cuando va a un restaurante indica qué es lo que está consumiendo, lo que no se ha comido ni bebido; esa información la tenemos prácticamente consolidada y próximamente estaremos en disposición de hacerla pública", ha asegurado Herrero.

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