MADRID, 15 (EUROPA PRESS)
El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi) ha respaldado la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que condena a la pena de prisión permanente revisable a David Bárcena por el asesinato de Isaac López Triano, el joven de 18 años con síndrome de Asperger que fue apuñalado por varias personas el 14 de julio de 2021 en el madrileño barrio de Pacífico.
En un comunicado, el Cermi recuerda que la sentencia llega después de que un juicio por jurado --del que formó parte el propio comité como acusación popular-- declarase a Bárcena culpable por un delito de asesinato con la agravante de pertenencia a la organización criminal los Dominican Don't Play, lo que conlleva una prisión permanente revisable.
Sin embargo, en la resolución no se da por acreditado que los agresores conocieran que Isaac era una persona con Asperger, subraya Cermi, cuyo asesor jurídico, Óscar Moral, ha expuesto que, según los hechos probados, la sentencia "es acorde a la gravedad de lo dramáticamente acontecido".
"Un caso así y como no podía ser de otra manera, requería de la aplicación de la prisión permanente revisable", ha aseverado, tras lo que ha añadido que "con este veredicto, por fin, se hace justicia".
EL FALLO
La Audiencia Provincial de Madrid ha condenado a la pena de prisión permanente revisable a David Bárcena por el asesinato de Isaac López Triano.
Así consta en una sentencia, a la que tuvo acceso Europa Press, en la que los magistrados penan a Bárcena en concepto de autor de un delito de asesinato con pertenencia a un grupo u organización criminal, con la concurrencia de la atenuante de reparación del daño.
Los magistrados respaldan las peticiones de pena de la fiscal Inmaculada Sánchez y del letrado Juan Manuel Medina, que defiende a la familia del joven fallecido.
La resolución establece que se le imponga la pena de prisión permanente revisable con la accesoria de inhabilitación absoluta durante el tiempo de la condena y a la pena de libertad vigilada durante diez años.
Los magistrados exponen que "la prisión permanente revisable se introduce en nuestro Código Penal para ofrecer una respuesta penal extraordinaria a supuestos igualmente extraordinarios en cuanto a su gravedad".