sábado. 20.04.2024

Advierte de que iniciar el proceso solo con la denuncia vulnera la Ley de Enjuiciamiento y admite en parte el recurso de la Abogacía del Estado

MADRID, 2 (EUROPA PRESS)

La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Madrid considera que no hay acusación "legitimada" en la investigación que se sigue en el Juzgado de Instrucción número 15 de Madrid sobre el 'caso Plus Ultra' al considerar que el sindicato Manos Limpias debía haber presentado una querella en lugar de una denuncia contra el vicepresidente de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI), Bartolomé Lora.

En un auto de 8 de junio, al que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados dan plazo al sindicato para que "subsane" tal "defecto" mediante la presentación de la oportuna querella que "cumpla con los requisitos legalmente exigidos".

Así, la Audiencia Provincial de Madrid estima parcialmente el recurso presentado por la Abogacía del Estado contra la causa penal abierta contra Bartolomé Lora ante los indicios de un presunto delito de malversación y tráfico de influencias al conceder una ayuda pública de 53 millones de euros a la aerolínea Plus Ultra.

"VULNERACIÓN DE LEY"

Los magistrados concluyen que el procedimiento en el juzgado madrileño se inició "en virtud de esa sola denuncia" de Manos Limpias, lo que supone una "vulneración" de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, y asegura que se trata de "un fraude de ley" con el que se pretende iniciar una instrucción penal "eludiendo" las exigencias legales de presentación de querella y prestación de fianza.

En el marco de la resolución, se subraya que la juez Esperanza Collazos "no reparó en dicho defecto" y que tras la personación de la Abogada del Estado --en representación del vicepresidente de la SEPI-- dio traslado a la Fiscalía, por lo que concluye que "no hay acusación válidamente constituida ni legitimada en las presentes actuaciones".

La magistrada indicó en su auto que los hechos que se incluían en la denuncia "presentan características que hacen presumir la posible existencia de una infracción penal". Por ello, y al no estar determinada ni la naturaleza de los hechos ni las personas que en ellas han intervenido, acordó la incoación de diligencias previas y la práctica de "aquellas esenciales" para realizar estas averiguaciones.

SUBSANAR EL DEFECTO

La Audiencia Provincial de Madrid hace referencia a la jurisprudencia del Tribunal Supremo, que dicta que "sin acusación o con acusación fuera de la ley no puede iniciarse un proceso y, si se inicia, debe terminarse tan pronto se constate esta grave anomalía procesal", pero advierte que en este caso tal "defecto" puede "ser subsanado" y avisa a Manos Limpias de que debe presentar querella.

El sindicato cuestionaba en su denuncia que se pueda considerar a Plus Ultra como estratégica, "cuando operaba con el 0,03% de los vuelos en España" y ha registrado números rojos desde que se fundó en 2011, acumula unas pérdidas de 10 millones de euros y dispone de un "único avión de Plus Ultra solo ha hecho un vuelo a Venezuela (...), transporta el 0,08% de los pasajeros internacionales y aporta menos del 1% de las conexiones aéreas".

La Audiencia de Madrid insta a Manos Limpias a presentar querella por las ayudas a Plus...
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