sábado. 20.04.2024

TSJA considera probado que Vox no quiso ir a la vista para resolver sobre la prohibición del mitin de Abascal en Ceuta

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rechazado el recurso presentado por Vox contra el auto que el pasado lunes ratificó la decisión de la Delegación del Gobierno en Ceuta de prohibir el mitin que Santiago Abascal había convocado en la ciudad autónoma. La Justicia considera "irrefutablemente probado" que el partido sí fue citado telefónicamente a una comparecencia a la que no acudió y lo ha condenado en costas.
La Policía controla a un grupo de manifestantes con motivo de la presencia del presidente de Vox, Santiago Abascal, en Ceuta, en una imagen de archivo

CEUTA, 27 (EUROPA PRESS)

La Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rechazado el recurso presentado por Vox contra el auto que el pasado lunes ratificó la decisión de la Delegación del Gobierno en Ceuta de prohibir el mitin que Santiago Abascal había convocado en la ciudad autónoma. La Justicia considera "irrefutablemente probado" que el partido sí fue citado telefónicamente a una comparecencia a la que no acudió y lo ha condenado en costas.

Vox recurrió judicialmente la suspensión de su acto público por parte de la autoridad gubernativa en base a informes policiales que alertaban de riesgos para la seguridad de las personas y los bienes en caso de celebrarse y confluir con las contramanifestaciones promovidas por redes sociales "contra tanto facha". Al no presentarse a la comparecencia convocada, el TSJA desestimó su iniciativa por razones formales y condenó al partido a un máximo de 300 euros en costas.

Santiago Abascal renunció a su mitin porque la Justicia "no se había pronunciado" al respecto e intentó sustituirlo por una rueda de prensa al aire libre que también se vio obligado a cancelar (atendió a los medios el interior del Parador La Muralla en el que se alojaba) por la presencia de cientos de personas increpándole en la calle.

En paralelo, Vox recurrió la primera resolución judicial asegurando no haber sido citado "ni por Lexnet ni telefónicamente", algo que el TSJA ha dado por falso. "Se procedió a reservar la Sala el lunes a mediodía para la celebración de la vista y de forma simultánea se ordenó citar a todas las partes de forma telefónica y, además, por Lexnet al procurador y de forma escrita también a las restantes partes", explica el Tribunal en su auto de este jueves.

La única parte que se presentó a la comparecencia fue la Abogacía del Estado, por lo que la Sala, tras esperar dieciséis minutos a Vox, "dio por concluida la vista con la petición de la Abogacía del Estado de tener por desistida a la recurrente", con lo que se validó la prohibición gubernamental de la concentración convocada por Abascal.

TSJA considera probado que Vox no quiso ir a la vista para resolver sobre la...
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