martes. 23.04.2024

Sostiene que se negó abiertamente a cumplir el mandato del Tribunal Constitucional

MADRID, 18 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena de un año de inhabilitación especial y multa de 16.800 euros al exconseller y actual delegado del Govern en Lleida Bernat Solé por un delito de desobendiencia por incumplir -cuando era alcalde de Agramunt y diputado del Parlament-- la providencia del Tribunal Constitucional que suspendía el referéndum del 1 de octubre de 2017.

En una sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, los magistrados han desestimado todos los motivos del recurso de casación que presentó la defensa de Solé contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Cataluña que le condenó a un año inhabilitación especial para el ejercicio de cargos públicos electivos y de funciones de gobierno o administración, de ámbito local, provincial, autonómico, estatal o supranacional.

En 32 folios, la Sala de lo Penal ha recordado que en el relato de hechos probados consta que el Tribunal Constitucional dictó una providencia el 7 de septiembre de 2017 que suspendió los Decretos de la Generalitat de Cataluña de convocatoria del referéndum del 1-O. Según la sentencia, el 12 de septiembre de 2017 se notificó dicha providencia a Solé mediante un correo electrónico y una carta certificada.

En su providencia, el órgano de garantías advirtió de forma expresa a Solé de su deber de impedir o paralizar cualquier iniciativa que supusiera eludir la suspensión acordada. También avisó de las eventuales responsabilidades penales que conllevaba su incumplimiento.

Los magistrados han subrayado, además, que la misma providencia del Constitucional fue publicada en el Boletín Oficial del Estado y en ella constaba que se notificaría personalmente a todos los alcaldes de Cataluña. Han incidido también en que se le dio "enorme difusión" en los medios de comunicación.

PARTICIPÓ EN LA ORGANIZACIÓN DEL 1-O

En la sentencia del TSJ catalán consta que Solé --pese a la advertencia del tribunal de garantías-- desarrolló una activa participación en la promoción, en la organización y en la celebración del referéndum ilegal en Agramunt.

En concreto, dictó un Decreto de Alcaldía en el que puso a disposición de la Generalitat el local habitualmente utilizado en los procesos electorales de Agramunt, que fue utilizado el día de la votación. También permitió que una entidad utilizara un local municipal gestionado por el Ayuntamiento para la celebración de un acto público, en el que participó como orador, para promover la participación ciudadana el 1-O.

Según los hechos probados, el día del referéndum ilegal tuvo una participación activa y decidida en su desarrollo y buen fin, personándose en el centro de votación y asumiendo durante toda la jornada responsabilidades logísticas, de apoyo y de asistencia a los organizadores.

INCUMPLIÓ LA ORDEN DEL CONSTITUCIONAL

Así las cosas, el Supremo ha concluido que Solé cometió un delito de desobediencia cuando como autoridad "se negó abiertamente a dar cumplimiento a un mandato del Tribunal Constitucional".

Los magistrados han precisado que cualquiera que fuese lo que le motivó a desobedecer "en modo alguno excluye su conciencia y voluntad de hacer lo que hacía, que integra el dolo del autor, suficiente a los efectos de subsumir la conducta en el delito".

En cuanto a la pena de inhabilitación, de cuya extensión se quejaba el recurrente, la Sala ha respondido que debe confirmarse. "Si al condenado que, desde el cargo representativo que ostenta con evidente proyección pública, ha cometido el delito de desobediencia (...) se le permitiera acceder a otro de semejantes características y desde el que pudiera desplegar una análoga actividad, se estaría corriendo el riesgo de posibilitar que se reiterara en esa conducta delictiva que trata de prevenir la pena de inhabilitación impuesta", ha subrayado.

En este sentido, el tribunal ha incidido en que Solé, "además de aprovechar su condición de alcalde para la comisión del delito, se valió de la de diputado del Parlament".

AMP. El TS confirma un año de inhabilitación al delegado del Govern en Lleida Bernat...
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