jueves. 28.03.2024

MADRID, 17 (EUROPA PRESS)

El Tribunal Supremo ha enviado a la Audiencia Nacional el recurso contencioso-administrativo que presentaron el expresidente de la Generalitat Joaquim Torra y el exvicepresidente primero de la Mesa del Parlament Josep Costa por las supuestas escuchas a sus comunicaciones a través del programa Pegasus al considerar que es el órgano competente para ello.

En un auto, recogido por Europa Press, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal ha acordado remitir las actuaciones a la Audiencia Nacional para que se emplace a ambos dirigentes a personarse ante dicho tribunal.

Torra y Costa interpusieron recurso para la protección de los derechos fundamentales contra la presunta intervención, escucha, sustracción, recopilación, tratamiento, uso, difusión y/o almacenamiento de la información y comunicaciones de los recurrentes por parte del Gobierno de España y la Administración General del Estado.

Ambos políticos insistieron en que la competencia de este caso recaía en el Supremo porque consideraban que el supuesto tratamiento ilícito de sus datos personales por parte del presidente del Gobierno y por el Ejecutivo debía estudiarse en la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Alto Tribunal.

Los magistrados, sin embargo, han llegado a una conclusión diferente. Han coincidido con las alegaciones formuladas por el Abogado del Estado en que, como la actuación de control se atribuye al Secretario de Estado director del Centro Nacional de Inteligencia (CNI), la competencia para atender el caso es de la Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional.

Así, han incidido en que dado que el Gobierno es un amplio órgano colegiado y no se evidencia que el Ejecutivo en su conjunto hubiera podido desarrollar todo él los hechos que se denuncian, la actuación de control se atribuye al director del CNI, por lo que, han subrayado, no corresponde el caso al Supremo.

TORRA ALEGA "INDEFENSIÓN"

En su recurso, consultado por Europa Press, Torra había pedido al Alto Tribunal que anulara las sentencias por las que se le condenó a penas de inhabilitación por no retirar pancartas del Palau de la Generalitat. Defendió que uno de los magistrados que firmó dichas resoluciones fue el mismo que -según él-- autorizó el espionaje del CNI a su abogado, Gonzalo Boye, mediante el programa Pegasus.

La defensa de Torra aseguró que esa situación afectó a su derecho a un juicio con todas las garantías y a un juez imparcial, puesto que se le vulneró, entre otros, el derecho a la confidencialidad de las comunicaciones con su abogado.

El expresidente insistió en que el Defensor del Pueblo constató en su informe sobre el caso Pegasus que el magistrado encargado de autorizar las escuchas contaba con un "elevado grado de detalle" sobre las personas a las que el CNI quería espiar. Así, concluyó que "sufrió" una "indefensión" como consecuencia de las "ilícitas actividades" del juez Pablo Lucas.

Ahora, deberá ser la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional la que se pronuncie sobre los argumentos planteados por Torra y Costa.

AMP. El Supremo envía a la Audiencia Nacional el recurso de Torra y Costa por las...