viernes. 29.03.2024

MÁLAGA, 7 (EUROPA PRESS)

El Juzgado de lo Penal número 3 de Málaga juzgará previsiblemente el próximo año al alcalde de la localidad malagueña de Almogía, Cristóbal Torreblanca, y a otras tres personas por un delito urbanístico por autorizar en 2008 unas obras para la reforma y ampliación de una vivienda, cuando presuntamente se trataba de una nueva construcción.

La vista oral estaba previsto que se celebrara este miércoles, pero se ha suspendido por no reunir la sala condiciones de seguridad ante el COVID-19 y por no haber asistido una perito de la Junta de Andalucía propuesta por el ministerio fiscal, según han informado fuentes del caso, quienes han apuntado que se ha fijado por el momento para febrero de 2022.

Este sería el primer juicio de las piezas en las que se dividió el denominado caso 'Almexia', cuyos registros y detenciones se produjeron en octubre de 2009 en dicha localidad por supuestas ilegalidades urbanísticas. Según han incidido las defensas, en esta causa es una licencia en cuyo expediente "consta informes favorables"; además de que dichas obras "nunca se iniciaron".

El escrito inicial de la acusación pública, al que ha tenido acceso Europa Press, indica que uno de los acusados, con la finalidad de construir una vivienda unifamiliar aislada en suelo clasificado como no urbanizable solicitó un informe de antigüedad a la Policía Local; un informe realizado en marzo de 2007 en el que se indicaba la existencia de unas ruinas de 12 metros cuadrados.

"No obstante la inexistencia de vivienda que reformar o ampliar expuesta en el informe", dice el fiscal, dicho procesado solicitó licencia de obra al Ayuntamiento para esas actuaciones, realizando el secretario municipal un informe genérico en el que se limitaba a expresar la norma aplicable y el procedimiento a seguir, pero "sin pronunciarse sobre la adecuación o no a la legalidad".

En agosto de 2007, otro de los acusados, hermano del anterior, pidió licencia de obras para lo mismo, instando a que se englobara con el anterior expediente y presentando en este caso proyecto básico, realizado por un arquitecto --al que no se acusa al estar prescritos los hechos--, en el que se realizaba una "manipulación de la realidad", señala el ministerio público.

El objetivo era "evitar la tramitación del preceptivo proyecto de actuación, cuyo informe compete a la Administración autonómica"; de forma que "partiendo de la existencia de una vivienda, para la reforma de la misma, que no para la ampliación, solo se requería licencia municipal", según se indica en las conclusiones provisionales de la Fiscalía.

"La inexistencia de edificación que reformar" fue comprobada por los policías locales en octubre de 2009 y fue verificado en 2011 por la Consejería de Obras Pública. A pesar esto, indica la acusación, el arquitecto técnico municipal, acusado en la causa, emitió un informe favorable "conocedor de la irregularidad del informe de antigüedad" y de que era una nueva obra.

"Como resultado de lo anterior", el alcalde concedió la licencia de obra solicitada en abril de 2008 "conocedor de la inexistencia de edificación que reformar o ampliar, de la necesidad de la tramitación y aprobación del proyecto de actuación y la falta de justificación de la vinculación a fines agrícolas", según señala el ministerio público.

Así, el fiscal apunta que dicho suelo está clasificado como no urbanizable en las normas subsidiarias de planeamiento, que, no obstante, no se encuentran íntegramente publicadas, según indica, añadiendo que como consecuencia de lo anterior "las obra que se pretendían realizar y que no llegaron a materializarse, no serían legalizables".

Para la Fiscalía, se trata de un delito de prevaricación urbanística, del que acusa a los cuatro procesados, solicitando que se impongan nueve meses de prisión e inhabilitación para empleo o cargo público durante siete años al alcalde y al arquitecto técnico municipal y tres meses de cárcel a los dos hermanos, solicitantes de la licencia.

El fiscal admite que en la tramitación de la causa se han producido retrasos "no imputables a ninguno de los acusados", por lo que considera que se debe aplicar la circunstancia que atenúa la pena de dilaciones indebidas. Asimismo, insta a que se declare la nulidad de la licencia otorgada.

Juzgarán al alcalde de Almogía por un delito urbanístico