sábado. 20.04.2024

LUCENA (CÓRDOBA), 7 (EUROPA PRESS)

La empresa Bronpi Calefacción, ubicada en la localidad cordobesa de Lucena, ha aclarado este viernes tras las críticas de CCOO que "nunca" ha incurrido en actuación alguna que pudiera considerarse "persecución sindical", antes "al contrario", de modo que se ha mantenido "no sólo respetuosa, sino incluso favorecedora de los derechos sindicales" de sus empleados.

Según ha detallado en una nota la entidad, "la sanción disciplinaria impuesta al presidente del comité de empresa, que a su vez es afiliado al sindicato CCOO, ha sido por la comisión de una falta muy grave, habiéndose optado por suspensión de empleo y sueldo de 30 días cuando, por la gravedad y trascendencia de la falta, pudiera haber merecido incluso el despido disciplinario".

Al respecto, han apuntado que "en la imposición de la sanción, como no podía ser menos, la empresa ha observado escrupulosamente los requisitos tanto de forma, como de fondo, que la normativa laboral impone, incluido el preceptivo expediente administrativo previo", a lo que han agregado que "notificado al sindicato CCOO la apertura de expediente disciplinario a su afiliado, dejó transcurrir el plazo sin realizar alegación alguna en descargo del mismo".

En este sentido, desde Bronpi han remarcado que "la maliciosa y falaz información" remitida por CCOO "se enmarca en una reprobable política de inaceptable presión ante las exigencias que son objeto de negociación ante el Sercla, estando prevista la reanudación del conflicto para el día 11 de este mes; presión a la que lógicamente la dirección no sucumbirá".

Pese a "la gravedad" de las acusaciones vertidas por el sindicato, desde la empresa han subrayado que cumple "escrupulosamente cuantas normas impone la normativa laboral en general y, particularmente, la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, sociales y medioambientales, desarrollando los trabajadores su actividad en óptimas condiciones de salubridad y seguridad".

Igualmente, han expuesto que "cuantas modificaciones sustanciales, ya sean individuales, ya colectivas, que se han adoptado hasta ahora lo han sido tanto en su forma como su fondo conforme a los requisitos exigidos por la normativa laboral, habiendo merecido en su día la aprobación del comité de empresa".

Asimismo, desde Bronpi han manifestado que no les consta que "ni por parte del trabajador suspendido, como tampoco por CCOO, se haya impugnado en sede judicial la sanción, como tampoco ante la Inspección Provincial de Trabajo las irregularidades que en materia de salud y seguridad laboral apuntan", por lo que han advertido del "desajuste a la verdad e inexactitud".

Bronpi aclara que favorece los derechos sindicales de sus trabajadores tras críticas de...
Entrando en la página solicitada Saltar publicidad