miércoles. 24.04.2024

Agentes de la Policía Local en el centro de la ciudad



El equipo de gobierno del PP en el Ayuntamiento de Almería ha trasladado que actuó "conforme" a lo establecido por la normativa "vigente en Andalucía" al ofertar las 60 plazas de Policía Local para su provisión como funcionarios de carrera.

La concejal de Seguridad y Movilidad, María del Mar García Lorca, ha indicado a Europa Press que aportará "lo antes posible" la información solicitada por la Oficina del Defensor del Pueblo andaluz en el marco del expediente incoado de oficio para esclarecer si "vulnera la normativa".

García Lorca ha señalado que el Ayuntamiento sacó la oferta de las 60 plazas, correspondientes a la Oferta de Empleo Publico de 2018, de acuerdo con la orden de la Junta de Andalucía de 22 de diciembre del año 2003 por la que se establecen las pruebas selectivas, temarios, cuestiones de promoción interna de la Policia Local.

"Desde el Ayuntamiento estamos comprometidos con la transparencia y la legalidad, como no puede ser de otra manera, y aportaremos lo antes posible la información q no pida el Defensor de Pueblo convencidos de haber actuado conforme a lo establecido por la normativa vigente en Andalucía en el momento de ofertar las plazas", ha remarcado.

La Oficina del Defensor del Pueblo Andaluz ha reclamado al Ayuntamiento de Almería información sobre la convocatoria ya que, en el apartado de exclusiones, se contempla la diabetes y otras enfermedades y procesos patológicos "que han sido eliminadas como causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público" según un acuerdo de Consejo de Ministros de 2018.

El expediente, iniciado de oficio según ha indicado el organismo, pretende trasladar esta problemática a fin de esclarecer los hechos referidos que derivan de la actuación de una administración Pública y que afectan a los derechos que se derivan para la ciudadanía de los artículos 14, 23.2 y 103.1 de la Constitución Española y del art. 133 del Estatuto de Autonomía para Andalucía y solicita información al respecto "a la mayor brevedad".

El Defensor del Pueblo alude a las instrucciones publicadas en el BOE número 44, de 20 de febrero de 2019, mediante la Orden PCI/154/2019, de 19 de febrero, y recuerda que la Constitución Española, en su artículo 14, consagra el principio de igualdad prohibiendo cualquier tipo de discriminación que pueda producirse por razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o circunstancia personal o social.

Asimismo, remarca que reconoce, en su artículo 23.2, el derecho de los ciudadanos a acceder en condiciones de igualdad a las funciones y cargos públicos y que dicho acceso a la función pública se realice de acuerdo con los principios de mérito y capacidad. A la vez, según añade, en su artículo 9.2, compromete a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas, removiendo los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social.

"En este contexto, los poderes públicos deben impulsar la adopción de todas las medidas necesarias para la aplicación efectiva del principio de igualdad, especialmente en aquellas áreas, como la del empleo público, en la que la igualdad entre todos los ciudadanos constituye una exigencia constitucional que debe ser garantizada en todos los procesos que hayan de desarrollarse en el ámbito público", subraya.

El organismo también hace referencia a una sentencia del Tribunal Constitucional y señala que en el mencionado acuerdo se señala que la eliminación de las exclusiones genéricas de los procesos selectivos de posibles aspirantes con enfermedades que no impiden el normal desarrollo de las tareas encomendadas al empleo público "contribuye a avanzar en la conformación de una sociedad que proscribe cualquier discriminación, facilitando al conjunto de la ciudadanía el disfrute de todos sus derechos".

Apunta, asimismo, que concluye afirmando que, a partir de la entrada en vigor del mismo, "ningún ciudadano podrá ser excluido de las pruebas por un diagnóstico, sin perjuicio de que el acceso al correspondiente empleo público estará condicionado por la superación, en idénticas condiciones, de las pruebas correspondientes".

"El acuerdo, en concreto, elimina de las causas genéricas de exclusiones médicas exigibles para el acceso al empleo público: el VIH, la diabetes, la celiaquía y la psoriasis, de modo que se pueda aplicar esta medida a todas las convocatorias de pruebas selectivas de personal funcionario, estatutario y laboral, que se convoquen con posterioridad a la fecha de adopción del acuerdo y, en todo caso, a partir de las derivadas de la Oferta de Empleo Público del año 2019", concluye.

En esta línea, el portavoz municipal de Ciudadanos (Cs) se ha hecho eco de la investigación de oficio. "El Defensor del Pueblo lo está revisando con lupa tras hacerse eco de publicaciones en prensa donde se informa que, en esa convocatoria, se contempla, en el apartado de exclusiones, la diabetes y otras enfermedades y procesos patológicos que han sido eliminadas como causas médicas de exclusión en el acceso al empleo público por el acuerdo del Consejo de Ministros de 30 de noviembre de 2018", ha manifestado.


--EUROPA PRESS--

Ayuntamiento defiende que actuó "conforme a la normativa vigente" en el momento de...
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