jueves. 28.03.2024

ALMERÍA.- El Defensor del Pueblo andaluz ha urgido a la Junta de Andalucía y al Ayuntamiento de Almería a que se coordinen para suspender el desalojo de una familia en situación de riesgo social que reside desde hace cinco años "sin título habilitante" en un inmueble gestionado por la Agencia de Vivienda y Rehabilitación de Andalucía (AVRA) hasta que se encuentre una alternativa habitacional para ella.

La orden de lanzamiento de esta mujer con cinco hijos, dos de ellos menores de edad, y orden de alejamiento del progenitor, está prevista para el 17 de febrero después que haya sido autorizada la entrada en el domicilio por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo 2 de Almería a petición de la agencia pública.

La oficina que dirige Jesús Maeztu recuerda a ambas administraciones que deben dar "inmediato y debido cumplimiento" a la normativa que da amparo a esta familia y "garantizar" que no se produce el desalojo hasta encontrar "alternativa habitacional", al tiempo que remarca que en un informe de la Delegación de Familia, Igualdad y Participación Ciudadana del Ayuntamiento capitalino se valoró que esta familia encontraba en "situación de vulnerabilidad".

Según recoge la resolución del comisionado parlamentario, de 19 de enero y a la que ha tenido acceso Europa Press, los servicios sociales municipales también constataron que el padre "no reside" en esta vivienda "tras haberle sido impuesta una orden de alejamiento de su cónyuge" y que la situación económica de los seis miembros de la familia es "precaria".

Añadían que residían en la vivienda de AVRA desde hacía cinco años tras haber abonado 8.000 euros a la adjudicataria "en una supuesta compraventa de la vivienda mediante contrato privado".

La resolución da respuesta a la queja presentada por el abogado de los perjudicados, quien, tras recibir en mayo de 2019 la comunicación del inicio de expediente de desahucio administrativo por ocupación en precario, presentó alegaciones ante AVRA pidiendo la suspensión provisional y la regularización de la situación mediante la firma de un contrato de alquiler social "sin obtener ninguna respuesta".

Tras abrir actuación, el Defensor del Pueblo pidió informes tanto a la Secretaria General de Vivienda de la Junta andaluza como al Ayuntamiento de Almería.

La primera trasladó en respuesta en junio de 2019 que había pedido a los servicios sociales municipales de la capital que evaluasen la situación de riesgo de la familia y desplazaba al Ayuntamiento la responsabilidad porque "tras haberle informado del inicio del expediente no se ha recibido respuesta ni propuesta de adjudicación por parte del registro municipal de demandantes de vivienda".

Tras señalar que AVRA iba a "continuar con el expediente de desahucio", el informe subrayaba que esta agencia pública no disponía de alternativa habitacional "que no sean viviendas de las que es titular y puedan quedar vacantes" y subrayaba que "la adjudicación" de estos inmuebles "debe ser propuesta por los registros municipales de demandantes".

Argumentaba, en esta línea, que ninguno de los integrantes de esta familia está "en el listado resultante del sorteo que se celebró en 2017 para adjudicar las viviendas vacantes" --un total de 13 sobre 1.000 solicitudes-- y concluía que, por este motivo, no podían ser adjudicatarios por este procedimiento.

La Junta andaluza comunicó también al Defensor del Pueblo andaluz que, hasta que no concluyese el expediente que ya ha fijado fecha de lanzamiento para el día 21 de febrero, iban a seguir "atendiendo a la familia, orientándola en la búsqueda de vivienda en el parque residencial privado o apoyándola en la reclamación de daños y perjuicios a la persona que les transmitió una vivienda sin legitimidad para hacerlo".

La actuación no avanzó en un año por falta de respuesta del Ayuntamiento, según afea en su resolución el organismo, pero se volvió a activar tras conocer el pasado mes de noviembre después de que se fijara fecha para ejecutar el lanzamiento de la vivienda sin que la familia disponga de alternativa habitacional y estando en una situación de exclusión social, y conocer, asimismo, que se había pedido a la agencia pública que suspendiese el desahucio.

En la detallada resolución, que emplaza a las administraciones implicadas a informar en el plazo de un mes sobre si han dado respuesta a su requerimiento, el Defensor del Pueblo Andaluz concluye que en el caso de esta familia es de aplicación el real decreto de medidas urgentes de diciembre que establece la posibilidad de suspender durante el estado de alarma un procedimiento de desahucio y lanzamiento de personas económicamente vulnerables sin alternativa habitacional.

Concluye, asimismo, reprochando al Ayuntamiento que, aún teniendo constancia de ese "riesgo social", no se haya coordinado con AVRA de manera que el lanzamiento no se produjese hasta que se pudiera ofrecer esa alternativa habitacional o para dar la posibilidad de "excepcionar el régimen ordinario de adjudicación de vivienda protegida a través del Registro de Demandantes de Vivienda Protegida".

EUROPA PRESS

Defensor del Pueblo andaluz pide parar el desahucio de una mujer y sus cinco hijos de...