viernes. 19.04.2024

SEVILLA, 19 (EUROPA PRESS)

El importe total de los derechos liquidados en 2017 por la Junta de Andalucía ha sido de 152,69 millones de euros, correspondientes a 5.981 liquidaciones, de los que, a 1 de abril de 2018, se había recaudado 30,2 millones, cerca del 20 por ciento del total, y hasta el 1 de septiembre de 2019 se recaudaron 5,8 millones más, cerca del cuatro por ciento del total".

Así lo ha señalado en un informe sobre la fiscalización de los reintegros por subvenciones efectuados por la Junta abarcando los derechos reconocidos en el ejercicio de 2017, consultado por Europa Press.

Estas cifras, a juicio del ente fiscalizador, ponen de manifiesto "bajos grados de recaudación en materia de reintegro de subvenciones y, además, que el proceso de cobro ha tenido mayor incidencia en el periodo inicial de la gestión recaudatoria". Además, apunta que las previsiones de ingresos por reintegros de subvenciones deben tener en cuenta "la experiencia derivada de los grados de ejecución y recaudación de ejercicios anteriores y ajustarse consecuentemente".

Asimismo, en opinión de la Cámara de Cuentas de Andalucía, el procedimiento de gestión y tramitación de los reintegros de subvenciones resueltos en el ejercicio 2017 cumplen "en todos los aspectos significativos con la normativa aplicable".

No obstante, señala "retrasos" en la adopción de los acuerdos de inicio de reintegro "cuando estos deberían ser inmediatos, de tal forma que no se dilate el proceso de recuperación de los fondos públicos".

Indica que las irregularidades en los procedimientos de concesión han derivado en la necesidad de tramitar procedimientos de reintegro, bien por concurrir circunstancias determinantes de la nulidad absoluta o relativa en la concesión, bien por deficiente concreción de las obligaciones del beneficiario o un procedimiento inadecuado para conceder las ayudas.

En cuanto a las deficiencias en la revisión de las justificaciones ha recomendado "una mayor agilidad en los procedimientos de revisión, en aras de un inicio más temprano del procedimiento de reintegro" tras detectar que en las revisiones iniciales no se han detectado irregularidades que se podían haber deducido analizando la documentación justificativa.

La Cámara de Cuenta aconseja que, para evitar la inseguridad jurídica que puede generar en los administrados desconocer si la documentación justificativa aportada está comprobada y es satisfactoria, "se debe emitir un documento acreditativo de la conformidad y que este sea enviado a los beneficiarios, con independencia de las acciones de control que a posteriori se pudieran llevar a cabo".

Por último, reconoce que algunas de las recomendaciones propuestas en su informe ya han sido adoptadas mediante la aprobación del Decreto Ley 1/2020 para el impulso del proceso de justificación, comprobación, adecuación de la información contable y reintegro de los libramientos con justificación posterior.

ANDALUCÍA.-Cámara de Cuentas observa una "baja" recaudación de reintegros de...
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