viernes. 29.03.2024
ALMERÍA.- El tribunal superior de Justicia de Andalucía vuelve a corregir una sentencia desestimatoria de un juzgado de lo social de Almería que eximió en primera instancia a Correos el pago de un despido improcedente.

Los hechos se remontan a julio de 2018 fecha en la que la trabajadora fue cesada indebidamente según recoge la sentencia del TSJA. 

La afiliada al sindicato SIPCTE ha estado representada por DLEGE Abogados Asesores, despacho que se encarga de la asesoría jurídica del sindicato SiPcte de Almería.

La trabajadora T.H.P acudió a los servicios jurídicos del Sindicato, que que la aconsejaron para que impusiera la demanda contra Correos.

Inicialmente el juzgado de lo Social desestimó su demanda, la trabajadora decidió recurrir ante el TSJA que ahora le ha dado ahora la razón.

Señala el alto Tribunal en su sentencia, "que Correos utiliza fraudulentamente la contratación temporal, teniendo como finalización el despido improcedente, ya que en este caso en concreto no hubo causa para finalizar el contrato", señala SIPcte en un comunicado.

El TSJA ha venido a estimar en parte la razón a las pretensiones de la demandada y confirma que ha existido fraude de ley en la contratación por lo que condena a Correos al pago de la indemnización por despido improcedente. 

Para el Sindicato SiPcte esta sentencia "supone un espaldarazo al trabajo en la lucha  sindical y por supuesto para los intereses del personal eventual en Almería, ya que  sienta un precedente a la hora de presentar futuras demandas por cualquier trabajador al que la empresa decida cesar sin causa justificada".

El TSJA declara improcedente el cese de una trabajadora de Correos