jueves. 28.03.2024

ALMERÍA.- La Inspección de Comercio de la Delegación Territorial de Empleo, Formación, Trabajo Autónomo, Economía, Conocimiento, Empresas y Universidad en Almería ha realizado diversas visitas inspectoras el pasado domingo 17 de marzo a 19 establecimientos comerciales de la capital almeriense para el control del cumplimiento de la normativa en materia de horarios comerciales por parte de los establecimientos de más de 300 m² en general y de los bazares multiproducto en particular, que han concluido con la propuesta de dos expedientes sancionadores a establecimientos multiproducto y de precios reducidos tipo ‘bazar’ por encontrarse abiertos en día festivo no autorizado, lo que puede suponer competencia desleal hacia otros comercios.

Previamente, los inspectores e inspectoras de Comercio ya habían realizado una campaña informativa en la zona explicando a los comerciantes la normativa que regula los horarios comerciales, dentro del Plan de Inspección Comercial 2019, que prevé la realización de 500 actuaciones entre visitas informativas y de inspección en la provincia. Cuando en estas visitas informativas se detectan posibles infracciones, se comunica al titular del establecimiento y se le requiere que, en el plazo máximo de 10 días, subsane los incumplimientos detectados, lo cual se comprueba en una visita inspectora posterior.

El régimen de horarios comerciales en Andalucía está regulado por el Decreto Legislativo 1/2012 de 20 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Comercio Interior de Andalucía. Este marco legal establece que la actividad comercial se puede desarrollar durante un máximo de diez domingos o días festivos autorizados, que se publican cada año en el BOJA (en 2018, en el de 29 de mayo) y que recoge como fechas en las que está permitido abrir los días 7 de enero (lunes), 8 de enero (domingo), 7 de julio (domingo), 15 de agosto (jueves), 1 de septiembre (domingo), 12 de octubre (sábado), 1 de noviembre (viernes), 1 de diciembre (domingo), 9 de diciembre (lunes), 22 de diciembre (domingo) y 29 de diciembre (domingo).

La orden de 22 de mayo de 2018 además de establecer el calendario de domingos y festivos en que los establecimientos comerciales pueden permanecer abiertos durante 2019, faculta a los ayuntamientos a permutar uno de estos días, cumpliendo una serie de requisitos.

La legislación contempla también la existencia de establecimientos que cuentan con libertad horaria y pueden estar abiertos al público en domingos y festivos, por los artículos que venden (pan y pastelería, prensa, plantas), por su ubicación (tienen permiso los establecimientos situados en zonas declaradas de gran afluencia turística) y por sus dimensiones (si disponen de una superficie útil para la exposición y venta al público inferior a 300 metros cuadrados).

Las sanciones que conlleva el incumplimiento de esta normativa sobre horarios comerciales, que se considera como infracción grave, van desde 3.001 hasta 45.000 euros de multa.

La Junta detecta dos infracciones de la normativa de horarios comerciales en bazares de...