viernes. 19.04.2024

España, en lista de espera de la UE

Jesús Antonio Rodríguez Morilla, Doctor en Derecho

España, al igual que otros Estados Miembros, tiene abiertos ante la Comisión, una serie de procedimientos de infracción que abarcan varios sectores y ámbitos de actuación, pretendiendo la UE con ello, garantizar la correcta aplicación del Derecho de la UE en beneficio de los ciudadanos y empresas.

También he pretendido a través del Anexo adjunto, una vez localizada la “fuente” en Bruselas, confeccionar y sintetizar periódicamente una información tal, que pueda serviros en un momento determinado como consulta rápida, al tratar “incoación de expedientes” que afecten a España únicamente o con algún EM más.

He gastado algunos años en hacerme con el documento principal, pero con nuestras queridas autoridades ya sabéis lo que pasa.

Finalmente, ha sido la labor de un congresista que una vez obtenida la ha “colgado en la red”.

Ahí van:

 

MERCADO ÚNICO DIGITAL.

La Comisión ha decidido remitir “carta de emplazamiento a 17 Estados Miembros, entre ellos España, para que transpongan plenamente a sus Derechos nacionales el primer acto legislativo a escala de la UE sobre ciberseguridad. El objetivo de la directiva concierne a lo relativo a la seguridad de las redes y los sistemas de información, y trata de alcanzar de manera uniforme un elevado nivel de seguridad de las redes y los sistemas de información en toda la UE, mediante el desarrollo de las capacidades nacionales en materia de ciberseguridad, aumentando la cooperación a nivel UE y las obligaciones de notificación de incidentes a los operadores de servicio esenciales de los proveedores de servicios digitales.

Hasta la fecha, únicamente 11 Estados han notificado a la Comisión la transposición completa de la Directiva, la cual entró en vigor en Agosto de 2016.

MEDIO AMBIENTE.

La Comisión insta a España y Portugal, mediante “Dictámenes motivados”, a adoptar mapas de ruidos y planes de acción sobre el ruido ambiental dentro de las grandes zonas urbanas, como por ejemplo, en los principales ejes ferroviarios y viarios y en los grandes aeropuertos.

Estos mapas sirven de base para definir medidas encaminadas a reducir la contaminación acústica.

Únicamente a España, igualmente mediante Dictamen Motivado, a que cumpla la normativa UE sobre prevención de inundaciones.

Según el Derecho de la UE, los Estados Miembros, debían finalizar y publicar planes de gestión de riesgo de inundación y notificarlos a la Comisión el 22 de marzo de 2016, a más tardar.

En marzo 2018, la Comisión remitió una carta de emplazamiento a las autoridades españolas debido a que no habían finalizado, publicado ni notificado sus planes de gestión del riesgo de inundación correspondiente a las siete demarcaciones hidrográficas de las Islas Canarias.

 Dado que continúan sin ninguna notificación acerca de estos planes, la Comisión les remite un dictamen motivado, teniendo nuestras autoridades, 2 meses para responder; de no hacerlo, la Comisión podría llevar a España ante el T.J.U.E.

 

BIENESTAR ANIMAL (Carta de emplazamiento)

La Comisión ha decidido remitir a 6 Estados Miembros sus comentarios respecto a deficiencias detectadas a dichos E.M. (Directiva 2010/63/UE).

En cuanto a España, hemos reconocido defectos en nuestra legislación, pero aún no se han corregido en ámbitos tales como el mantenimiento de registros y la cláusula de salvaguardia relativa a la utilización de primates no humanos.

Los E.M. disponen de 2 meses para responder; de lo contrario, la Comisión podría decidir enviar un dictamen motivado.

Estabilidad financiera, servicios financieros y unión de mercados de capitales. (Remisión al T.J.U.E.)

En cuanto al Mercado de Valores, la Comisión lleva a España ante el TJUE por no aplicar las normas prudenciales de la UE para los bancos y las empresas de inversión.

Hasta la fecha, España no ha transpuesto plenamente esta normativa de la UE y todavía faltan algunas disposiciones en el ordenamiento jurídico nacional. (Directiva 2013/36/UE)

Entre las disposiciones que faltan, figuran mecanismos de denuncia en caso de incumplimiento de los requisitos de capital, normas sobre la integridad y la independencia de los miembros del órgano de dirección y la obligación de las autoridades competentes españolas de ponerse en contacto con el supervisor consolidado con el fin de obtener la información, lo que hace más difícil la cooperación en materia de supervisión

Por último, las normas relativas al gobierno corporativo son más débiles en España, dado que la obligación de contar con órganos de dirección de las entidades, diversos y capacitados, no se han transpuesto. (Reglamento UE 575/2013).

 

MERCADO INTERIOR, INDUSTRIA, EMPRENDIMIENTO Y PYMES. (Carta de Emplazamiento)

Libre circulación de profesionales. La Comisión insta a 27 Estados Miembros a cumplir la normativa de la UE sobre el reconocimiento de cualificaciones profesionales.

LIBRE CIRCULACIÓN DE MERCANCÍAS. (Carta de Emplazamiento).

La Comisión insta a España a eliminar las restricciones a las importaciones de acero y hormigón estructurales.

 

JUSTICIA. CONSUMIDORES E IGUALDAD DE GÉNERO. (Dictamen Motivado).

En la lucha contra el blanqueo de Capitales, la Comisión pide a España, y dos E.M más, que transpongan en su totalidad la Cuarta Directiva, ya que, y es para todos, ya que las la lagunas de un Estado Miembro, repercuten en los demás.

España solo ha transpuesto parcialmente la normativa, que resulta crucial en la lucha contra el blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo.

Todos los EM tenían que transponer la citada Directiva, a más tardar el 26.6.2017.

Se han establecido 20 procedimientos de infracción, en curso contra E.M.; 3 en fase de remisión al TJUE; 9 en fase de dictámenes motivados y 8 en fase de cartas de emplazamientos.

La Comisión se encuentra en estos momentos comprobando cuidadosamente si estas leyes transponen completamente la Cuarta Directiva. Entre tanto, se ha acordado, que la Quinta Directiva contra el blanqueo de capitales que entró en vigor el 9.7.2018, tengan hasta el 10.1.2020, para transponer la misma a sus legislaciones nacionales.

En el caso de que España y los otros dos E.M. no ajusten su legislación al Derecho de la UE en los próximos dos meses, la Comisión podría optar por presentarles ante el TJUE.

 

MIGRACION, ASUNTOS DE INTERIOR Y CIUDADANÍA. (Cartas de Emplazamiento).

Sobre la Migración legal, la Comisión insta a 17 E.M a transponer la Directiva sobre estudiantes e investigadores de terceros países, respecto a la exigencia de los requisitos de entrada. Residencia y movilidad (DIRECTIVA UE  2016/801).

UNION DE LA SEGURIDAD. La Comisión insta a 17 E.M. a transponer las nuevas normas relativas a los datos del registro de nombre de los pasajeros. (PNR)

Los E.M. tenían hasta el 25.5.2018, para transponer la Directiva (UE 2016/681) a sus derechos nacionales.

El PNR contiene la información que facilitan los pasajeros a las compañías aéreas cuando reservan y facturan vuelos.

El tratamiento de los datos del PNR constituye un instrumento importante en la lucha contra el terrorismo y los delitos graves, ya que ayuda a detectar patrones de viajes sospechosos y a identificar posibles delincuentes y terroristas, incluidos los que antes eran desconocidos para los servicios de seguridad.

Jesús Antonio Rodríguez Morilla   

Doctor en Derecho (Cum Laude)                                                                                                                                                                                      Diplomado en Estudios Avanzados U.E.       

Caballero de Mérito por Real Orden Noruega

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