viernes. 29.03.2024

Obras del Mesón Gitano

TELEPRENSA.- El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha desestimado el recurso interpuesto por el Colegio Oficial de Arquitectos de Almería contra la contratación de obras del Mesón Gitano. Considera el Alto Tribunal Andaluz que la resolución del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía fue conforme a derecho y da un duro varapalo al órgano colegial, que aún tiene la oportunidad de recurrir este nuevo fallo.


Recuerda el TSJA que dicha resolución, dictada el 15 de enero de 2013, desestimaba a su vez el recurso del Colegio de Arquitectos contra el anuncio de la Empresa Municipal Almería Urban. S.A.U., de 8 de octubre de 2012, por el que se convocó la licitación pública para la “Contratación conjunta de redacción de proyecto y ejecución de obras del entorno del Mesón Gitano, en el marco de las actuaciones de Urban Almería 2007-2013”.


Los arquitectos consideraban que no era conforme a derecho el que la empresa municipal acudiese a la contratación conjunta de la elaboración del proyecto y ejecución de las obras. Entendían que la necesidad de realizar una excavación arqueológica “no obliga por sí sola a estudiar las técnicas de ejecución a emplear, pues esta necesidad no es una excepcionalidad en nuestras ciudades andaluzas, donde estas circunstancias son muy habituales, sin que pueda confundirse el estudio de las técnicas constructivas a emplear con la excepcionalidad en el estudio de unas obras”.


Añadían que no se trata de una obra de dimensión excepcional ni dificultad técnica singular. “El control arqueológico previo a la obra y el sistema de contención de tierras es un sistema de contención normal y habitual en cualquier obra de estas características, no implicando complejidad adicional”, apostillaban.


La Empresa Municipal Almería Urban, Facto y la propia administración regional afirmaban que la “naturaleza geológica del terreno, su configuración topográfica y la exigente intervención arqueológica a desarrollar originan importantes condicionantes para las obras posteriores que no son habituales en obras de edificación semejantes”.


Primero el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía y ahora el TSJA dan la razón a los codemandados y deja al Colegio de Arquitectos con pocas posibilidades más para ganar en los tribunales.

El TSJA desestima el recurso del Colegio de Arquitectos contra la contratación de obras...