jueves. 28.03.2024

Protesta de trabajadores de Correos

ALMERÍA.- La Federación de Empleados y Empleadas de los Servicios Públicos (FeSP) de UGT Almería muestra su satisfacción por la sentencia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía de Granada, en la que se ratifica la sentencia dictada por el Juzgado número 3 de Almería en noviembre de 2015, en la que se declaraba el derecho de UGT a constituir Comité de Empresa en la Sociedad Estatal de Correos y Telégrafos S.A. en nuestra provincia.


“La sentencia dictada en el año 2015, declaraba el derecho de UGT a constituir Comité de Empresa en Almería, obligando a los delegados de CCOO y CSI-CSIF, que se negaban a hacerlo, a celebrar una reunión con todos los delegados electos para constituirlo” han informado los representantes de la FeSP UGT Almería.


“En un intento de coartar la legitimidad de UGT para exigir que se constituya el Comité de Empresa y poder defender los intereses colectivos del personal de Correos, CCOO y CSI-CISF recurre la sentencia. Afortunadamente, la justicia nos vuelve a dar la razón y vuelve a confirmar la sentencia recurrida” han manifestado.


Como han detallado desde la FeSP UGT Almería “el conflicto comienza cuando, tras la celebración de elecciones sindicales en 2011, en las que obtuvieron representación CCOO, CSI-CSIF, CGT y UGT, los delegados de CCOO y CSI-CSIF se niegan a constituir Comité de Empresa”.


“Con esta actitud, estas organizaciones muestran no creer en el Comité como órgano de representación y defensa de los trabajadores y las trabajadoras, una actitud que no es nueva, ya que en Almería hace más de 20 años que no se constituye. De esta forma, CCOO y CSI-CISF prescinden del órgano con mayor poder de negociación frente a la empresa, y en el que confluyen todas las fuerzas sindicales todas las fuerzas sindicales con representación” han señalado.


Así mismo, han manifestado que “los grandes beneficiados con la no creación del Comité son las secciones sindicales mayoritarias y la empresa que no tiene que cumplir con las obligaciones que se establecen por el ley con el Comité, como la obligación de información o la de consulta sobre decisiones que puedan provocar cambios en cuanto a la organización del trabajo”, lamentado que “los grandes damnificados por esta situación son los trabajadores al quitarles su derecho de participación, información, vigilancia…”.


“Al no poder constituir Comité de Empresa, tampoco se ha podido constituir el Comité Provincial de Seguridad y Salud, ni tampoco han podido ser nombrados los Delegados de Prevención, con el consiguiente incumplimiento de la legislación” han explicado los responsables sindicales.


Finalmente, desde la Federación de Empleados y Empleadas de los Servicios Públicos (FeSP) de UGT Almería han señalado que “estamos muy satisfechos con esta sentencia, porque llevamos mucho tiempo luchando contra la merma que CSI-CSIF y CCOO ha hecho en los derechos de los trabajadores y las trabajadoras de Correos. Hemos luchado por este derecho y tras un duro proceso lo hemos conseguido”.

UGT Almería devuelve a los trabajadores de Correos el derecho a tener un Comité de...