miércoles. 24.04.2024

El alcalde junto al concejal de Urbanismo

EL EJIDO.- El área de Urbanismo del Ayuntamiento de El Ejido esta trabajando en la redacción de la ‘Ordenanza Municipal Reguladora del Régimen de Comunicación Previa para las Obras Menores’ con el objetivo de simplificar y reducir los trámites que deben de realizar los vecinos que pretendan realizar actuaciones de mínima o escasa entidad técnica.

El alcalde, Francisco Góngora, ha explicado que con este documento “se regula el régimen y el procedimiento al que quedan sujetas las actuaciones urbanísticas de menor entidad sometidas a comunicación previa en lugar de la actual licencia de obras. Con esta iniciativa, se posibilitará iniciar los trabajos a los diez días desde la presentación de la solicitud en el Ayuntamiento, mientras que, hasta ahora, el tiempo medio oscila entre un mes y mes y medio”.

De esta forma, el equipo de gobierno mantiene su compromiso de aplicar a la Administración Local, en su quehacer cotidiano, los principios de eficiencia, eficacia, simplicidad y celeridad, reduciendo así trámites y tiempos de espera. Por ello, el Consistorio ha adoptado determinadas medidas normativas a través de la aprobación de las correspondientes ordenanzas, con el objetivo de facilitar y agilizar determinados procedimientos administrativos entre los que se encuentran los expedientes de obras menores.

Por su parte, el edil de Urbanismo, Alberto González, ha explicado que "con esta medida implantaremos, para final de año, un procedimiento abreviado de manera similar a la Declaración Responsable existente para las obras menores en locales para el desarrollo de una actividad". Este tipo de solicitudes tendrán que registrarse en el Ayuntamiento donde se liquidarán las tasas correspondientes y, tal y como ha explicado el edil, “tras la comprobación técnica por los servicios municipales para su examen documental previo a fin de acreditar su adaptación a la normativa vigente, que sea de aplicación en cada supuesto, y si su contenido está adecuado a la futura ordenanza y no hay nuevos requerimientos que añadir, se podría iniciar la obra en un plazo no más allá de los diez días”.

Se incluyen en la categoría de obras menores con comunicación previa las obras interiores en edificios que no modifiquen su estructura y mejoren las condiciones e higiene, como la reposición de revestimientos y pavimentos, la reparación de baños, aseos o cocinas, construcción, reparación o sustitución de tuberías de instalaciones o desagües, pintura, estuco, así como la reparación de fachadas de edificios, entre otros.

Por su parte, quedan excluidas las obras de edificación de nueva construcción, de ampliación, modificación, reforma o rehabilitación, además de las que tengan el carácter de intervención total en edificios, elementos o espacios catalogados o que dispongan de algún tipo de protección de carácter ambiental o histórico-artístico. También quedan fuera aquellas otras actuaciones de carácter parcial que afecten a los elementos o partes objeto de protección, así como obras privadas que se pretendan desarrollar en espacio libre público, vías públicas o en bienes de dominio público o patrimonial, u obras cuyo presupuesto de ejecución material sea superior a 30.000 euros.

 Góngora, ha insistido en que “seguimos apostando y trabajando por introducir la simplificación administrativa dentro de sus competencias municipales, para reducir tiempos, trámites y  papel”. Para alcanzar este objetivo “contamos con una Sede Electrónica con la que conseguimos avanzar hacia el objetivo que nos marcamos de una administración cien por cien telemática y, sobre todo, cumplir con el compromiso de seguir ofreciendo a los ejidenses un gobierno abierto a todos, transparente y participativo”.

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